Segregación por debajo unidad mínima cultivo

Quiero comprar una finca que era de mi abuelo a mi madre y a mi tía, lo malo es que la finca no tiene los metros mínimos que dicta la ley. La finca no esta registrada ni tiene escrituras ni esta segragada en catastro, ni nada, pero mi madre y mi tía tienen los papeles de la compra privada que se hizo hace muchísimos años. Mi duda es, aunque no cumpla la unidad mínima de cultivo, ¿al haberse realizado la compra anterior a la ley que prohíbe segregar por debajo de la unidad mínima me puedo basar en eso para segregarla ahora?

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Si puedes, la ley no tiene efectos retroactivos a su promulgación y cuando se realizo esta acto la anterior regulación lo permitía, solo tendrá que verse que el contrato especifique la fecha en que se realiza, que este sea anterior a la fecha en que se derogo.

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