Una persona que se jubile puede continuar siendo administrador de la empresa

¿Si el empresario socio de una empresa S.L al 50% se jubila por alcanzar la edad puede continuar siendo administrador y continuar cobrando por ello?

Respuesta
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Llegado el momento de la jubilación, el empresario (socio de una sociedad mercantil con mayor o menor participación) puede seguir manteniendo esa participación y obteniendo rendimientos (dividendos) de la misma, pero si además es el administrador de esa sociedad ¿debe cesar en el cargo?

Es incompatible el cobro de la pensión de jubilación con la prestación de servicios a la empresa, no puede haber una aportación de trabajo a la misma y sólo se permiten las labores inherentes a la dirección. Por tanto no sería obligatorio el cese como administrador por el hecho de jubilarse.

Sin embargo hay que destacar que esa labor de dirección se determina exclusivamente como aquella consistente en dar instrucciones a las personas que tienen encomendada la gestión y administración de la empresa. Por tanto sí se obligaría al nombramiento de un gerente, que sería quien gestionaría la empresa y que tendría que estar apoderado para realizar esas funciones.

Te agradezco mucho tu respuesta Ana, solo un par de  dudas mas, ¿Por el hecho de llevar esa labor mínima de dar instrucciones a las personas que él encomiende se le podría remunerar aunque no cotizara a la seguridad social o darle alguna paga extra?. ¿Las firmas de las cuentas anuales y de préstamos con las entidades de crédito serían tarea suya como administrador que es o  de la persona que el hubiera encomendado?.

Gracias de antemano

No es compatible por eso no se le puede pagar nada, exceptuando los beneficios que se obtengan. Lo tiene que llevar el nuevo gerente.

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