Validez de acuerdos sin convenio regulador

Soy madre de 5 hijos, todos a mi cargo, me fue denegado un abogado de oficio para iniciar un proceso de divorcio por tener una nómina superior a 1200€. Con los gastos del alquiler, luz, agua, transporte, comida, etc, me es imposible llegar siquiera a mitad de mes, y mis amigas me ayudan con alimentos. Mi todavía marido se fue en septiembre de 2014, con la ayuda de la policía, y un juicio que terminó en nada por que yo no tenía un ojo morado, según mi abogada entonces, el acoso y el maltrato psicológico son complicados de demostrar, pero gracias a Dios ya no vive aquí. Él trabaja, tiene, piso, y hasta abogado, que me informa que no tiene dinero para aportar todavía. A fecha de hoy, 7 meses después, no ha contribuido en nada mantenimiento de sus hijos. A través de su abogado que lo solicita, ve a sus hijos todos los domingos (solo van 2 menores de edad). Ahora su abogado me escribe para indicarme que él quiere que los niños pernocten en su casa fines de semana alternos, me habla de vacaciones, etc.

No pienso denunciarle por abandono (podría volver), ni negar las visitas, pero me siento impotente y al no disponer asistencia legal, ni convenio regulador, no sé qué es legal.

Mi pregunta es que si lo que acordamos ahora por escrito su abogado y yo vía email, incluyendo el hecho de que no aporte nada al mantenimiento de sus hijos durante todo este tiempo, sienta algún tipo de precedente en un futuro acuerdo de divorcio.

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Yo, en las condiciones que usted manifiesta, desaconsejó un acuerdo privado de ese tipo, máxime porque se trata, las pensiones y medidas para los hijos menores, de un asunto indisponible por las partes y que requiere ser tramitado a través de un juzgado.

Mi consejo es plasmar dichos acuerdos en un convenio regulador. Dicho convenio puede ser redactado por el abogado de su marido. Dicho profesional podrá presentar dicho mutuo acuerdo con el consentimiento expreso suyo. De este modo, usted no tendría que hacer frente a pago alguno por el trabajo de ese profesional. A lo máximo se podría pagar la mitad del procurador, y estaríamos hablando de unos 100-150 euros.

Considero que no se puede hacer un convenio regulador que no establezca el pago de alimentos para los hijos menores. Por muy baja que sea la pensión se tendrá que fijar una cantidad mensual, pagadera por doce meses. De igual manera, habrá que fijar la contribución a los gastos de los hijos mayores de edad que no sean independientes económicamente.

ES correcto que se establezcan unas visitas que incluyan la pernocta.

Lo que si es desaconsejable es el que dicho convenio no sea revisado por un abogado de su confianza. Por un asunto de revisar un convenio no le van a pedir más de 60-100 euros y, al menos, tendría la certeza de que es conveniente para usted y para sus hijos.

La situación no puede seguir así por más tiempo, debe enfrentarla.

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