Adjudicación y acuerdo de herederos

Mi padre falleció hace 3 aňos, yo vivo actualmente en la vivienda heredada, tras varias juntas de herederos hemos llegado al acuerdo que mi madre como pago de su mitad en gananciales se le adjudica la mitad indivisa en pleno dominio del bien inmueble, ¿a mi hermano y a mi el 25% por ciento restante a partes iguales del pleno dominio en proindiviso que significa esto exactamente?

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Que el reparto de la casa queda 50% para la viuda y el 25% para cada hijo y, en esa proporción, sois propietarios de la casa...

mi madre puede vender su parte sin estar yo de acuerdo ? tiene derecho al uso y disfrute de la vivienda si ella quisiera aunque yo este viviendo en ella ? ella se fue de casa hace muchos aňos .......

La ley concede a la viuda el uso y disfrute de la vivienda conyugal, tu madre tiene derecho a vender el uso y disfrute Y SU PARTE si lo desea, los hermanos podéis aprovechar para comprársela.

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