¿Me conviene recurrir una multa por pisar la línea continua al final de un adelantamiento?

Esta mañana de camino al trabajo he realizado un adelantamiento en una carretera nacional, en recta, con perfecta visibilidad, velocidad adecuada y línea discontinua, con la mala pata que al finalizar el adelantamiento lo he hecho sobre línea continua.

Podéis imaginaros mi caja cuando me ha parado la guardia civil y me ha explicado como si fuera estúpida el motivo de la infracción, porque no daba crédito. El caso es que tengo en mis manos una multa de 200 euros, en la que se describe la infracción como un adelantamiento por linea continua (pese a que el agente de palabra me confirmó que sólo al finalizar la maniobra había linea continua). Quiero recurrir, pero tengo entendido que cuando es una multa presencial como esta, normalmente suelen ser desestimadas porque se sobre entiende que la palabra de los agentes es la buena. ¿Qué me decís? ¿Recurro o pago mis 100 euros y me callo como una muerta?

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Efectivamente, la presunción de veracidad del agente denunciante solo puede ser destruida con un elemento probatorio y que dicho elemento -como puede suponer- no será su palabra contra la de él.

El Código de la Circulación establece que pasar por la línea continua al realizar una maniobra es motivo de sanción, no se para a señalar si es con una, dos o tres ruedas, basta con que una de ellas pase sobre la misma.

Yo abonaría la sanción porque lo tiene muy complicado.

Ruego cierre y valore

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