Multa de Radar

Buenos días y gracias de antemano.
Espero me permitan la consulta:
Tengo una multa de velocidad y quiero recurrirla porque estoy seguro no iba a esa velocidad.
El articulo que citan es : "Sobrepasar la velocidad establecida entre 30 y 40 Km/h", ¿y la sanción es de 6 puntos y 400? Que corresponde a "sobrepasar el 50% la velocidad limite", ¿es esto un defecto de forma? El limite era 50km/h y supuestamente iba a 85.
¿Se puede pagar con descuento para luego recurrir?
Muchas gracias.

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Una vez que se paga una sanción ya no se puede recurrir por que se finaliza el rpocedimiento administrativo. Si recurre pierde el descuento.
Los radares pasan todos los años unos controles muy exhaustivos para poder funcionar en la calle.
La denuncia no quiere decir que usted fuera a 85, sino que circulaba por encima del máximo establecido entre 30 y 40 km.
Gracias por la rápida respuesta, pero no me ha contestado lo que preguntaba, solo lo del descuento.
Yo he ido a ver la foto a la comisaria y salia la foto y sobreimpreso 85km/h
¿Me podría aclarar si existe defecto de forma en relación a lo del articulo y la sanción interpuesta?
Gracias
Existen unos cuadros de infracciones y sanciones para el radar, cada ayuntamiento dispone uno que no tiene que ser el mismo para otro ayuntamiento. Le explico circular a 85 en Madrid le puede salir más caro que en Valencia. La JPT si aplica el mismo en todo el territorio nacional.
Usted mismo puede comprobar donde vio la foto ese cuadro y ver si le están aplicando la sanción correspondiente.
Gracias por la información, yo había visto una tabla que supongo sera la del trritorio nacional, ahora estoy buscando la que corresponde, seria de un pueblo de Cataluña, ¿se rige por comunidades autónomas o incluso cada pueblo puede tener el suyo?
Y la duda que me corroe, ¿en caso de que no correspondiera se podría alegar defecto de forma? Es que yo creo que me ponen un articulo que es el de sobrepasar en 30-40 km/h y me aplican la sanción de superar la velocidad en el 50%, que también es cierto supuestamente pero en vez de poner ese articulo ponen al otro.
Muchas gracias de antemano
La tabla de infracciones y sanciones la establece el organismo del que depende el radar sancionador, puede ser Comunidad Autónoma, Ayuntamiento o Jefatura de Trafico.
En cuanto a la sanción le tienen que aplicar la establecida para ese articulo en concreto, no pueden aplicarle la sanción de sobrepasar en más de 50% la velocidad si le han puesto el articulo de la velocidad superior en 30 a 40 Km.

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