Convalidación carnet de moto

He visto mucho y aun me queda la duda,
el carnet de moto para 125 con 3 años del b ya es suficiente o hay que realizar algún tramite en trafico
Me gustaría saberlo, pues estoy pensando en comprar un scooter, parece más manejable y fácil de aparcar.

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c) Con el propósito de mejorar la fluidez de la circulación,
reduciendo el número de automóviles de turismo
que circulan ocupados solamente por una persona, y de
acuerdo con lo dispuesto en la Directiva 91/439/CEE,
se permite que los titulares de un permiso de conducción
de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a
tres años, puedan conducir dentro del territorio nacional
las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de
la clase A1.
Lo anterior es un extracto del REAL DECRETO 1598/2004, de 2 de julio,
por el que se modifica el Reglamento General
de Conductores, aprobado por el Real Decreto
772/1997, de 30 de mayo.
En base a lo anterior deja bien claro que NO TIENE QUE HACER NINGÚN TRÁMITE, ya que solo es necesario poseer el permiso de conducir de la clase B con más de 3 años de antigüedad, que le permite la conducción de motocicletas hasta 125 c.c.
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