Sobre autónomos y jubilación

Llevo más de 15 años cotizados como autónoma.
Ahora, probablemente, voy a compaginar esto con un trabajo a jornada parcial (o tal vez a completa).
Mis preguntas son:
--¿Esos más de 15 años ya cotizados me servirán en un futuro, aún cuando ya no vuelva a ser "autónoma" nunca más?
--Si compagino ambas cotizaciones, ¿hay alguna ventaja, o no merece la pena?
--Actualmente, ¿cuánto y cómo es necesario tener cotizado para cobrar en el momento de jubilarte? (Ahora tengo 40 años).
--¿Pueden unirse dos jubilaciones cada una por un lado?
--¿Para cobrar en cualquiera de los regímenes hay que trabajar en ellos en los últimos años antes de la jubilación?
En fin, éstas son mis dudas, que son bastantes.

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--¿Esos más de 15 años ya cotizados me servirán en un futuro, aún cuando ya no vuelva a ser "autónoma" nunca más?
Si le sirven. En el caso de que se jubile por "autónomos" los años cotizados al régimen general se le añaden como cotizados a autónomos y viceversa.
--Si compagino ambas cotizaciones, ¿hay alguna ventaja, o no merece la pena?
La ventaja inicial es que aumenta su base reguladora por lo que cobrará más cuando se jubile.
--Actualmente, ¿cuánto y cómo es necesario tener cotizado para cobrar en el momento de jubilarte? (Ahora tengo 40 años).
Actualmente (1-1-2008) son necesarios 4700 días (12 años y 11 meses)
--¿Pueden unirse dos jubilaciones cada una por un lado?
Sí, pero es necesario cotizar a la vez en los dos regímenes durante al menos 15 años.
--¿Para cobrar en cualquiera de los regímenes hay que trabajar en ellos en los últimos años antes de la jubilación?
Hay que cotizar al menos dos años en los últimos 15.
Por favor, si no tiene más dudas valore la respuesta.
Muchas gracias por todas las respuestas. Tengo otra consulta, no sé si me la podrá responder (la verdad es que todos los días me surgen nuevas dudas).
A día de hoy soy autónoma contratada por mi hermano. Voy a darme de baja en un par de meses, porque no hay suficiente trabajo y quiero solicitar un curso de FPO para desempleados. Mi duda es:
--¿Puedo apuntarme al paro, aunque técnicamente haya pagado el mes corriente del recibo de autónomo?
Es que hay algún curso que quisiera solicitar y tal vez no me haya dado tiempo a darme de baja en ese momento.
--Si me doy de baja como autónomo, ¿puedo cuándo sea (si vuelve a entrar trabajo) volver a apuntarme en las mismas condiciones (como familiar)? ¿O ya habría problemas para ello? Gracias de nuevo.
Existe una modalidad para apuntarse en el desmpleo que consiste en mejora de empleo, por lo que puede apuntarse y solicitar cursos de formación incluso trabajando por cuenta propia o ajena por lo que tener pagado el mes del RETA seguramente no será impedimento. De todos modos tiene que consultarlo con su oficina del INEM.
A la segunda pregunta: Cuando tenga trabajo podrá darse de alta en las mismas condiciones sin mayores problemas.
Sí, esa posibilidad la conozco, pero me han dicho que si no estoy técnicamente en el paro, no puedo pedir cursos con compromiso de contratación, de ahí la duda sobre si tengo que esperar a tener la baja dada o me puedo adelantar. De cualquier manera, muchas gracias por todas las respuestas.

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