¿Hay algún modo de que mi padre cotiza los pocos años que le queda para la jubilación sin trabajar?

Mi pregunta es sobre mi padre.
Tiene 58 años y trabaja en la construcción, en 15 días ira al paro y esta un poco bajo de moral porque no sabe que puede hacer, ya que no hay trabajo y lleva desde joven trabajando.
Mi pregunta es... Si va 2 años al paro, se podría jubilar a los 60, pero según dice el le quedaría muy poco, ya que te descuentan un 8% por cada año que te jubiles antes de los 65 . ¿Hay algo que podría hacer para que siguiera cotizando hasta los 65 o hay algún tipo de ayudas?. ( Gobierno Vasco ).

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Olalla en primer lugar decirte que por lo que me dices en tu consulta (hablas de jubilación a los 60 años) me imagino que tu padre tenía la condición de Mutualista como trabajador por cuenta ajena antes de 1 de Enero de 1967 (aunque a mi por la edad de tu padre las fechas me salen muy justas). Bueno si ese es el caso preguntarte habéis tenido en cuenta los años de cotización de tu padre. Pues si bien es cierto que con menos de 30 años el porcentaje de reducción es un 8% si se ha cotizado 30 ó más se aplicaría la siguiente tabla:
Entre 30 y 34 años acreditados de cotización... 7,5%
Entre 35 y 37 años acreditados de cotización... 7%
Entre 38 y 39 años acreditados de cotización... 6,5%
Con 40 y más años acreditados de cotización... 6%
Si tu padre no hubiera sido mutualista con anterioridad a la fecha indicada sólo podría jubilarse a partir de los 61 años.
No me suena nada eso de Mutualista, solo se que el lleva desde muy joven trabajando y cotizando, po reso te puse que más de 30 años cotizados . Con más de 30 años cotizados, ¿no puedes jubilarte a los 60?
Un saludo
Depende Olalla solo puedes jubilarte a los 60 años si has cotizado para la mutualidad laboral desde antes del 1 de Enero de 1967(para eso tenía que estar trabajando y cotizando en dicha fecha), si no la edad de jubilación anticipada son los 61 años siempre que cumpla una serie de requisitos como: Inscripción como desempleado los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de jubilación: Periodo mínimo de cotización efectiva de 30 años de los cuales al menos dos años habrán de estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a causar el derecho; el cese en el trabajo no se debe no es por causa imputable a la voluntad del trabajador. Tu padre si este es el caso cuando agote el paro las cumplirá todas excepto la edad de jubilación le quedará como máximo un año para cumplir los 61 durante este tiempo podría solicitar el subsidio para mayores de 52 años y si le preocupa la jubilación que le quede podría firmar un convenio especial con la Seguridad Social para cotizar durante los meses que le queden hasta la jubilación siempre que cumpla los requisitos para su concesión. Te incluyo un par de enlaces donde encontraras información sobre dicho subsidio y convenio especial con la Seguridad Social.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Supuestosespeciales/Convenioespecialdet18077/Convenioespecialdet4198/index.htm
http://www.inem.es/inem/ciudadano/prestaciones/info/subsidio/subsi8a.html
En este caso los porcentajes de reducción por jubilarse anticipadamente serían:
Entre 30 y 34 años de cotización acreditados... 7,5%
Entre 35 y 37 años de cotización acreditados... 7%
Entre 38 y 39 años de cotización acreditados... 6,5%
Con 40 o más años de cotización acreditados... 6%
Gracias, ya hable con el antes de 1967 nada, así que tendrá que esperar a los 61.
Orientativamente sabrías decirme si t doy estos datos, en cuanto se podría quedar cuando se jubile.
Renumeración total :¿2455?
Importe pagas extras:¿270?
Grupo :4
Régimen general : ¿2726? Aportación del trabajador 4,7%
desempleo y f.p: 2844? " " " 1,7%
Horas extras :¿118? " " " 4,7%
Base de cotización : ¿2844?
Con esta respuesta ya acabaría mis dudas.
Un saludo
Mejor que eso te mando un enlace a una página de la Seguridad Social donde podrás conseguir un programa para que teniendo la vida laboral de tu padre y las bases de cotización puedas calcularla automáticamente:
http://www.seg-social.es/Internet_1/OficinaVirtual/CatalogodeServicios/Ustedmismoprogramad43081/index.htm

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