Discriminación laboral

Buenas tardes
Mi duda es la siguiente, dentro de la misma empresa hay compañeros que cobran una AYUDA DE COMIDA, aparte que la empresa les hace un seguro médico privado y otros sin embargo ni cobran la ayuda ni tienen el seguro médico, los que sí tienen esos privilegios entraron directamente por la empresa y los que no, vienen de una subrogación de contrato, no sé si esto tiene algo que ver. ¿Deberían de tener todos los mismos derechos? ¿O la empresa no tiene obligación? Nuestro convenio es, transporte de mercancías y operadores de transporte de la Comunidad de Madrid, en el viene reflejada la cantidad a cobrar en concepto de ayuda de comida, pero no tengo claro la obligatoriedad de concederla.
Y otra cuestión, la empresa tiene dos naves, una al lado de la otra pero en recintos diferentes solo una de ellas tiene habilitado un comedor y nos hacen salir de nuestro recinto entrar en el otro, recorrer 150-200 mts para ir a comer, ¿tienen obligación de habilitarnos una sala para comer? O nos tenemos que resignar a ir al otro centro.
Muchas gracias de antemano

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A ver si ha habido una subrogación hay términos que dependen de la subrogación... pero si el convenio de aplicación pone una cantidad para ayuda comida (que por convenio haya que dar a todos) pues sí, deberíais tenerlos todos aquellos sujetos al convenio indempendieentemente de donde vengáis... ojo! Igual el convenio pone condiciones a percibir esa ayuda comida y no es obligatorio para todo el mundo...
Por otro lado, si la empresa mantiene ayuda y seguro sanitario para empleados anteriores pero ahora en nuevas contrataciones directas NO da este tipo de ventajas... pues no ha tenido por qué dároslo... el caso es ue si era una mejora de la empresa... puede que tenga obligación de mantenerla con aquellos que la tenían... (ya que puede verse como un derecho adquirido) pero si ya no se lo da a ningún nuevo, pues digamos que la empresa ha quitado esa mejora... otra cosa es que se lo de a algunos sí y otros no, y no este regulado por una determinada categoría profesional etc.. .ahí sí estaría mal...
Respecto a si es obligatorio que os den dicha ayuda de comida tienes que mirarlo en el mismo convenio, si tenéis comité de empresa ellos deberían saber de qué va todo esto y teneros más que informados...
Respecto al comedor... si lo han habilitado, tenéis tiempo suficiente para el desplazamiento etc... lo siento, pero sí... pueden ponerlo en el edificio de al lado, es como si te dan tickets comida y tu te vas a comer a 200 metros... o como si trabajas en un piso 20 y el comedor está en el 1... siempre que esté disponible y accesible... 150 metros ... pues no suficiente para obligarles a tener uno por edificio..

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