Posible error en nomina y conversión a indefinido

Mi nombre es Christian y antes de todo les quiero agradecer el magnífico trabajo que realizan ya que nos son de gran ayuda.
Les comento mi historia:
Empecé a trabajar en una empresa con un contrato de 3 meses el cual me renovaron pensándonos ambas partes que era una renovación de 6 meses pero erróneamente fue de 3 meses tal y como pone en el contrato. En este último periodo estuve 10 días de baja (Agosto) por enfermedad común, al darme el alta esta la entregué, pero por un error interno no se envió y representaba que hasta hace una semana aún continuaba estando de baja. La nomina la recibimos al mes próximo de cobrar, es decir con un mes de retraso, y me acaban de dar la de Agosto y consta que he estado desde el día 3/08 al 31/08 de baja, el salario base cuantía 1 al precio que corresponde, cosa que en nominas anteriores tengo cuantía 30 al mismo precio, el plus de transporte similar, cuantía 1 al precio que corresponde, cuando anteriormente tenia cuantía 30. ¿Cómo puedo saber si he cobrado lo justo?, ¿Me afecta en algo que en la nomina conste más días de baja de los que estuve? A todo esto se han dado cuenta de que se me termino el contrato y dicen que ahora me tienen que hacer obligatoriamente indefinido y que no me corresponde finiquito ya que me convierten el contrato temporal en indefinido con el tipo de contrato No Bonificado y el código de contrato 189. ¿Es correcto que no tengo derecho a finiquito?

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Vamos por partes, hay dos temas diferentes en tu pregunta:
Conversión a indefinido
Cuando finaliza un contrato de trabajo y el trabajador continúa prestando servicios, el contrato se renueva tácitamente hasta su duración máxima legal. Si el contrato ya ha agotado su duración máxima, el trabajador pasa automáticamente a indefinido.
Que no te hayan finiquitado es mejor para ti, porque conservas la antigüedad inicial. El finiquito es la liquidación de la parte proporcional de pagas extras y de vacaciones que se deben en la fecha del cese (e indemnización en su caso). Esas cuantías no las pierdes, cuando vengan las pagas extras las cobrarás de un mayor importe (desde la fecha del alta inicial en lugar de la fecha en la que te han hecho indefinido). Igualmente pasa con las vacaciones: este año disfrutarás de más días por no habérsete liquidado una parte.
La empresa ha sido veraz en lo que te ha contado.
Nómina errónea
Durante el periodo de enfermedad se suspenden las obligaciones de trabajar y de remunerar el trabajo.
La Seguridad Social (o la mutua) te paga una prestación de enfermedad por los días que has estado enfermo. El importe de esa prestación consta en la nómina (la adelanta la empresa y luego se la reclama a la seguridad social).
Además, la empresa puede tener la obligación de complementarte la prestación de la Seg. Social si así lo marca el convenio colectivo de aplicación.
En resumen, la SS te abona por los 29 días que teóricamente has estado enfermo y la empresa te ha pagado el día restante. Si dejaras la situación como está, perderías dinero si la empresa no complementa la prestación hasta el 100%.
En cualquier caso, debes comunicar a la empresa el error (en ningún caso te va a perjudicar). Si ellos no se han dado cuenta, la seguridad social o la mutua les reclamará el importe deducido de más.

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