Baja por enfermedad antes de baja por maternidad

Antes de nada, quería agradecerte tu atención por adelantado.
Te comento: Actualmente estoy embarazada de mellizos y de algo más de seis meses. No me encuentro demasiado bien (embarazo de riesgo) y estoy pensando en pedir una baja por incapacidad temporal antes de la fecha del parto, pero quería saber cómo puede afectar ésto a lo que vaya a cobrar durante la baja de maternidad...
Tengo entendido que la cuantía de la prestación de la baja de maternidad se calcula con la úlitma nómina. En mi empresa, cuando estás de baja cobras sólo la parte que paga la seguridad social, por lo que la nómina se ve visiblemente reducida... A la hora de calcular la prestación de la baja por maternidad, ¿se tiene en cuenta el líquido de la última nómina? ¿Influye el estar de baja por incapacidad temporal antes de la baja por maternidad?

2 respuestas

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El importe de la baja maternal se hace sobre la base de cotización a la seguridad social que depende de las cotizaciones. Estando de baja por incapacidad temporal cobrarías 0 euros los 3 primeros días, el 60% de los días 4 al 20 y el 75% a partir de ahí. Eso es lo que tu percibes pero tu base de cotización NO SE MODIFICA por lo que en el momento de la baja maternal cobrarías el 100%.
Otro camino mejor tanto para ti como para la empresa es que intentes conseguir una baja por riesgos durante el embarazo. Tu servicio de prevención tendría que justificar que algunos riesgos de tu puesto de trabajo podrían perjudicar el desarrollo del embarazo y con ese informe solicitar a la mutua ese tipo de baja. Tú cobrarías el 100% de la base de cotización y la empresa NO PAGARÍA TU SEGURIDAD SOCIAL ESE TIEMPO. Eso es totalmente diferente a que si estuvieras de baja por enfermedad en la que la empresa tendría que pagar tus cotizaciones (alrededor del 27% de tu sueldo).
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El importe a cobrar estando de baja es el que según conste en tu salario base, descontando pluses y otros beneficios, horas extras, etc.
El motivo de la baja no influye, pues es la incapacidad para acudir al puesto de trabajo.
Puedes estar de baja por enfermedad hasta que el médico lo prescriba, recordándote que si te alcanza hasta el parto, pues podrás disponer de todas las semanas de baja por maternidad después del parto, e incluso, igual añadir alguna más por derivación de la maternidad o parto.
Mucha suerte y felicidades.
Muchas gracias,
Entonces, ¿cuánto cobraría en mi baja maternal? ¿Influye qué antes haya estado de baja por enfermedad?
Saludos
Cobrarías en principio, según los mismos baremos que en la baja por enfermedad, aquellas partes del salario por las cuales se cotiza a la seguridad social.
Desconozco más sobre este asunto, puedes preguntar para más detalle con la misma empresa o con un sindicato.

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