No nos han pagado los atrasos

En el mes de Febrero vino una nómina que incluía atrasos por cambio de convenio y un aumento por regulación del IPC (creo). Al final, el jefe cambió las nóminas y nos pagó lo mismo de siempre diciendo que estos atrasos los daría en una nómina aparte. ¿Hay algún sitio dónde podamos reclamarlo? ¿Se puede hacer de forma anónima?

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Los atrasos se aplican a todo, es decir que si te suben el salario base lo suben de pagas extraordinarias y de las normales también y de todo lo que te hayan pagado calculado con dicho salario base.
Si suben los pluses y te pagaron alguno, también generan atrasos. Se aplica a todo.
Si suben dientas, igual, así con todo.
Voy a intentar ser lo más concreto posible y aclararte a qué tendrías derecho y a qué no en caso de que te fueras.
Si simplemente te vas tú, se llamaría baja voluntaria o extinción de la relación laboral por voluntad del empleado. ¿Pero si te vas por? ¿Incumplimiento grave? De la empresa de sus obligaciones contractuales estamos en otro caso.
? ¿Por tu propia voluntad? Es el modo de terminar la relación laboral que menos te interesa. Pero en este caso la empresa incurre en una falta al no pagar lo que debe, esto complica el asunto pero principalmente hacia la empresa. ¿Habría qué ver si incurre en falta leve, moderada, grave?
Al ser por incumplimiento puedes no preavisar, pero si quieres mostrar buena fe y darles tiempo, preavisa.
- Tienes derecho a la parte proporcional de las pagas extras que se hayan generado este año. Esto se calcula dividiendo el equivalente de las pagas extras anuales por los meses/días/horas trabajados este año. Si estamos a mitad de año, son dos pagas extras, y te han pagado una, esto quedaría saldado.
- Tienes derecho a la retribución de las vacaciones no disfrutadas. También se calcula dividiendo por lo que hayas trabajado este año, y restando los días que hayas trabajado.
- No tienes derecho a indemnización por "despido improcedente", la famosa indemnización, si eres tú el que se va. PERO! Si tu marcha es por motivos de falta grave de la empresa, tienes derecho a la indemnización que corresponda por despido improcedente (45 días por año).
- Tienes derecho, todo el derecho. Al pago de los atrasos que se hayan generado por cambios de convenio o de tablas salariales. Esto es un poco tedioso de calcular, pero es fácil.
- También tienes derecho a todo lo referente a dietas, pluses, etc.
En resumen, por incumplimiento de las condiciones del contrato, puedes rescindirlo cobrando: Pluses, parte proporcional de pagas extras y vacaciones, atrasos generados e indemnización correspondiente a 45 días por año trabajado.
Te advierto que la empresa no se avendrá a acuerdo y tendrás que recurrir al Inspector de Guardia (inspección de trabajo) para denunciar los hechos. Esta figura se supone que debe asesorarte y ver si lo que denuncias es cierto.
Luego en el centro de mediación laboral tendrás que exigir de menos a más, es decir:
***
?Reclamo que incurriendo la empresa _______ en impago y el falta de voluntad de pago de los atrasos por revisión de tablas salariales del convenio (adjunto nóminas y estractos bancarios) se consideren incumplidas de forma grave las condiciones del contrato. Y reclamo la extinción de la relación laboral por incumplimiento grave del empleador de sus condiciones contractuales y las cantidades siguientes _____? como salario de este mes, ¬_____? pluses dietas y demás, ______? por vacaciones no disfrutadas, _____? por parte proporcional de pagas extras, _____? de atrasos desde _____ hasta _____ y la indemnización que corresponde por incumplimiento del contrato por parte del empleador de 45días x ____ años x ____ ? = _____ euros. Que hacen un total de _____ ?. Con lo que quedaría resuelta la relación laboral.
O reclamo que, incurriendo la empresa ______ en impago y el falta de voluntad de pago de los atrasos por revisión de tablas salariales del convenio (adjunto nóminas y estractos bancarios), y en el caso de que las autoridades laborales no consideren graves los incumplimientos de las condiciones del contrato, reclamo: la extinción de la relación laboral por incumplimiento del empleador de sus condiciones contractuales y las cantidades siguientes _____? como salario de este mes, ¬_____? pluses dietas y demás, ______? por vacaciones no disfrutadas, _____? por parte proporcional de pagas extras, y _____? de atrasos desde _____ hasta _____. Que hacen un total de _____ ?. Con lo que quedaría resuelta la relación laboral.?
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En fin, que yo lo que haría sería sindicarme con UGT o C.C.O.O. y que ellos me asesoraran con un abogado, dejaría el trabajo entregando por escrito el motivo. Me lo firmaran o no me presentaría en la inspección de trabajo. E iría al Centro de mediación para informarme de cómo proseguir.
Primero te aclaro una cosa. No sólo os tienen que dar los atrasos desde la entrada en vigencia de la nueva tabla de salarios (no es la misma fecha que la de publicación), sino que también deben aumentaros (si cabe) el salario. Es decir, quizás estén intentando pagaros los atrasos sin cambiaros lo que cobráis cada mes.
Bueno, la forma de hacerlo es recurrir al CEMAC (centro de mediación), o poneros en contacto con vuestros delegados sindicales, o decirle a estos que lo reclamen. Si estáis sindicados sería buena idea ir a informaros en alguna de las centrales.
Lo de hacerlo anónimamente sería únicamente si los que normalmente deberían dar la cara por estas cosas la diera, es decir, vuestros delegados sindicales.

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