Declaración de renta 2013

El año pasado en mayo suscribí un convenio especial con la seguridad social, estas cuotas que pago cada mes me las puedo deducir de mi declaración de la renta, en la actualidad solo estoy cobrando el subsidio de mayor de 52 años.

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Estas cuotas son gasto deducible de los rendimientos de trabajo que obtienes.

Te dejo una consulta de la AEAT en la que se determinan los gastos deducible en los rendimientos de trabajo

126432- gastos deducibles: enumeración
Pregunta
Para determinar el rendimiento neto del trabajo, ¿cuáles son los gastos deducibles de los rendimientos íntegros?
Respuesta
Tendrán la consideración de gastos deducibles exclusivamente los siguientes:
a) Cotizaciones a la seguridad social, mutualidades generales obligatorias de funcionarios, derechos pasivos y colegios de huérfanos o entidades similares.
b) Cuotas satisfechas a sindicatos.
c) Cuotas satisfechas a colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio para el desempeño del trabajo, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, límite 500 euros anuales.
d) Gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, límite de 300 euros anuales.
Normativa/Doctrina
Artículo 19 Ley 35 / 2006, de 28 de noviembre de 2006 .
Artículo 10 Real Decreto 439 / 2007, de 30 de marzo de 2007 .

Espero haberte ayudado.

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Perdona pero no me queda muy claro en la respuesta que me has dado, si no he entendido mal las cotizaciones a la seguridad social si son deducibles aunque no esté trabajando?

Muchas gracias,

Lo que estas cobrando es un subsidio por desempleo que en la declaración de la renta se declara como rendimiento de trabajo. Las cotizaciones a la seguridad social son gastos deducibles de los rendimientos del trabajo.

Espero haber aclarado tus dudas.

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