¿Puedo fraccionar una sanción de Hacienda?

Hace 4 años compre un piso por el que pedí unas ayudas autonómicas y estatales para la compra de esa vivienda.
En su momento me explicaron mal (o entendí mal) como debía declararlas y entendí que las podía declarar en 3 veces durante los años sucesivos. Pues bien, resulta que las autonómicas si, pero las estatales no se podían fraccionar y ahora me han mandado desde hacienda una reclamación para el pago de las otras 2 partes que no declaré el primer año.
Preguntando al funcionario me dijo que podía reclamar la devolución o el descuento de esta deuda total de lo que declaré el segundo año pero creí entenderle que de entrada debía pagar todo lo que me piden (¿más de 2600?).
No dispongo de esa cantidad ni de la forma de conseguirla de una vez por lo que necesito saber si puedo fraccionar el pago. Lo que no quiero es plantearle un pago que no me autoricen después y pierda la oportunidad.

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Son aplazables, según se indica en el art. 44 del Reglamento, todas las deudas tributarias y demás de derecho público cuya titularidad corresponda a la Hacienda Pública.

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