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Hola
Para empezar, aclararte que solo se pueden desgravar los importes invertidos en la adquisicion de la vivienda habitual, que solo hay una. Y se deben de cumplir unos requisitos para que tenga esta consideración; salvo en contadas ocasiones debe ser la vivienda habitual del contribyente durante tres años desde su adquisción, y si esto no se cumple se deben devolver los importes deducidos más los correspondientes intereses de demora, asi que ojo. De modo que lo que estas haciendo no es para nada correcto.
Te aconsejaria que os desgravaseis del que vayais a quedaros y del otro, de momento nada. Luego ya rendireis cuentas si sacais un beneficio de la venta. Además, si quereis que desgrave los dos debeis ser propietarios y titulares de la hipoteca, que si no cada uno se desgravará en función de su parte...
Espero que os haya servido de ayuda.
Un saludo
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