% IRPF que he de poner en un presupuesto...

Soy diseñadora freelance/autónoma y tengo una duda: ¿Qué % he de poner de IRPF en el presupuesto y luego en
¿La factura?.
He leído que durante los dos primeros años de la actividad se resta un 7% y el resto de años un 15%, pero yo no sé
Cuál me corresponde... En 2001 me di de alta durante 2 meses en la misma actividad que estoy desarrollando ahora y
Este año (2005) me he dado de alta durante los primeros meses del año hasta abril, pero en otra actividad que no
Estaba sujeta a IRPF. Ahora (si me aceptan el presupuesto) me daré de alta en la misma actividad que en 2001 y no sé
Cuánto me corresponde restar de IRPF.
¿Es correcto el siguiente desglose para ponerlo en el presupuesto y en la factura?:
Base Imponible m
% IRPF (-)
16% IVA (+)
-------------------------------
TOTAL n
Espero su respuesta. Mi e-mail es: [email protected] .

2 respuestas

Respuesta
1
La ley dice " cuabdoi se inicia por primera vez una actividad " y en este caso tu ya lo que haces es una segunda alta y han pasado los dos años, por lo que has de aplicarte el 15 % de retención.
En cuanto al desglose lo tienes bien.
Ej. Base Imp. 1000
Retención 15%: 150
IVA 16: 160
A COBRAR: 1.010
Un saludo. FULMA
Respuesta
1
Estimada amiga; está usted muy cercana a la respuesta, pero lo de los 2 años no es del todo cierto. No obstante, se lo aclararé con mayor precisión, para que tenga argumentos legales. Establece literalmente el artículo 88.1 del Reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas lo siguiente: "Cuando los rendimientos sean contraprestación de una actividad profesional, se aplicará el tipo de retención del 15% sobre los ingresos íntegros satisfechos. No obstante, en el caso de contribuyentes que inicien el ejercicio de actividades profesionales, el tipo de retención será del 7 por ciento en el período impositivo de inicio de actividades y en los dos siguientes, siempre y cuando no hubieran ejercido actividad profesional alguna en el año anterior a la fecha de inicio de las actividades". Por tanto, durante los 3 primeros años (el primer período impositivo y los dos siguientes) será el 7% el tipo de retención que corresponda. Usted ya ejerció esta actividad, pero hace más de 1 año, por lo tanto, debe aplicar el 7% de retención este año y los dos próximos.
Muchas gracias, entonces, en todos los presupuestos y facturas que haga, ¿he de poner el 7% de IRPF este año, el 2006 y el 2007 inclusive, aunque me diera de alta unos meses sí y otros no durante esos años?.
De nuevo agradecerle su respuesta.

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