Retenciones

Puede la empresa incumplir con la obligación de retener lo que marca la ley y retener menos en nomina

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El pagador está obligado a retener, como mínimo, lo establecido en la normativa correspondiente. También puede retener un importe superior previa solicitud del empleado.
En caso de no practicar las retenciones legalmente establecidas, y siempre que el empleado haya comunicado los datos correctamente al pagador, la Agencia Tributaria podrá practicar liquidación a la empresa por el importe de las retenciones no practicadas. No pudiendo la empresa repercutir al empleado el importe de la liquidación.

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