Despido por causas organizativas,productivas

Mi empresa me ha despedido el tres de julio pasado por estas causas,que no están suficientemente justificadas, y más en los tiempos que corren,pues que empresa no esta pasando dificultades. El caso es que el despido lo he denunciado, pues después de 27 años en la empresa y con 54 años adonde voy yo ahora.
El día 8 de agosto tengo el SMAC y aunque me han pagado una indemnización de 20 días por despido objetivo, se que para conciliar me van a ofrecer una mejora de 18.000 eur, pero yo estoy por ir a juicio y a por los 45 días, porque la nulidad lo veo improbable.
Mi pregunta es teniendo un contrato de trabajo celebrado al amparo del real decreto 799/1985, que es en el año que firme el contrato 1985 en una de las clausulas pone suscrito un contrato temporal como medida de fomento al empleo desde el 20.5.85 hasta el 19.5.88 luego pase a ser fijo en plantilla.
1º esto no tendrá nada que ver con la indemnización de 33 días por despido improcedente para los contratos de fomento del empleo del 1997.
2º Si el juez declarara improcedente me calcularía el abogado 45 días max 42 mensualidades ??
de antemano
Gracias por su respuesta

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1º no influye

2º si lo declara improcedente si son 45 días con un máximo de 42 mensualidades

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