Alta como autónomo y facturación exenta de IVA

Hola.
Soy asalariado por cuenta ajena y voy a hacer trabajos esporádicos de edición y diseño (corrección, maquetación, etc.), por un total anual estimado de 8.000-10.000 euros. Gestionaré la impresión de algunas obras, por lo que mis proveedores (imprentas) me emitirán factura directamente a mí, no a mi cliente.
Mis preguntas son:
¿Debo darme de alta como autónomo o simplemente basta con el alta en el IAE?
Si debo ser autónomo, ¿puedo agrupar las facturas en un trimestre del año y darme de alta sólo ese trimestre?
Y en las facturas a mis clientes, ¿debo emitirlas con IVA, quedo exento por el tipo de actividad profesional que desarrollo o estoy obligado por las facturas que me hacen mis proveedores?
Muchas gracias por vuestra ayuda. Un cordial saludo.

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En nuestra opinión, debe darse de alta en la Agencia Tributaria y en Autónomos (Seguridad Social). Puede agrupar la facturación en un solo trimestre, pero si sus trabajos son durante todo el año, podría ser una infracción en materia de Seguridad Social...
Usted ha de emitir facturas con IVA, y dependiendo del epígrafe de alta, los profesionales están obligados a realizar retención. Por lo tanto, ha de tener esto en cuenta.
¿Qué solo este de alta un trimestre, no significa que no tenga que presentar las liquidaciones trimestrales (a 0,0? O sin actividad) y los correspondientes resúmenes anuales y la declaración en su renta.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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