Responsabilidad de los socios de una SLNE

Voy ha especificar mi caso particular para subsanar otra duda que tengo.
En la actualidad trabajo como autónomo dependiente prestando mis servicios a una empresa únicamente. A través de la misma he conocido a más gente en mi situación y he hecho algunos contactos.
La idea que tengo es constituir una empresa para ganar la suficiente entidad como para participar en proyectos más grandes en mi sector. He pensado en una SLNE, que yo mismo administraría sin remuneración y a la cual facturaría por el trabajo que realizase personalmente, siempre a precio de mercado. Parte de los trabajos de la empresa los haría personalmente y la otra parte la subcontrataría a otros autónomos.
En estos momentos estoy negociando un proyecto para asegurarme unos ingresos antes de constituirla, desde su futura constitución hasta cobrar parte de los trabajos por adelantado nadie facturaría a la misma, ni siquiera yo, y siempre esperaría a que la empresa tuviera dinero para pasar facturas.
El equipo necesario para realizar los trabajos ya lo tengo y el lugar de trabajo sería el del cliente, por lo que prácticamente, tan sólo habría gastos de personal.
Creo tenerlo todo controlado, pero nunca se sabe y por eso te comentaba la posibilidad de poner a mi hermano como socio capitalista, para que la empresa no fuera unipersonal.
La duda que tengo es, ¿qué se te ocurre que podría salir mal, como para que la empresa tuviera problemas? Y en ese caso ¿en qué nos podría afectar a mi hermano y a mí?
A mí, bajo mi ignorancia, lo único que se me ocurre es que no me llegaran trabajos y debido a que estaría pagando personalmente la cuota de la SS como autónomo sin recompensa prefiriese cerrar, pero no veo como podría quebrar la empresa.

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La opción, como administrador de una mercantil, de no cobrar sueldo y cobrar facturando servicios que vd., preste personalmente a la mercantil es cuanto menos anómala y en lo tocante a la tributación lesiva. Es una opción que descartaría del todo ya que en realidad sería una forma de percepción salarial encubierta.
Respecto a su idea de construcción paulatina alternando su actividad como autónomo y con la mercantil sigue siendo anómala y podría tener consecuencias administrativas con hacienda que sería difícil y complejo relatar en este espacio.
Creo sinceramente que antes de emprender debe asesorarse profesionalmente para evitar errores que puedan dar al traste con su negocio por desconocimiento. Piense que las leyes no están pensadas para que las persones adopten soluciones personalizadas a sus casos particulares tratando de minimizar el riesgo del emprendimiento personal. La norma es clara o se emprende en una dirección o en otra pero mantener dos formatos de actividad autónomo / sociedad - sociedad / autónomo e incluso el cruce de facturas entre una y otra puede conllevar graves problemas de fiscalidad por abuso tributario.
Respecto a su deseo de crear la sociedad como limitada y no como unipersonal también discrepo por cuanto no estás creando una sociedad en comunidad ya que estás en realidad encubriendo una unipersonalidad de facto cosa que podría tener también consecuencias como ya te comenté.
Cualquier circunstancia que implique deudas con terceros o negligencias que conlleven demandas contra socios y administradores pueden suponer problemas para ti y para tu hermano. Figurar como socio y administrador de una sociedad limitada tiene derechos pero también deberes que cumplir y se responde personalmente por los incumplimientos. De hecho en el nuevo código penal se contempla la responsabilidad penal de las mercantiles (cosa que es una novedad en el ámbito jurídico español) de la que se pueden derivar responsabilidades penales en socios y administradores. El abanico de posibles problemas puede ser amplio.
Hay muchos motivos que pueden inducir al cierre de la empresa. Imagine que incumple un contrato y le demandan por daños y perjuicios sin tener posibilidades de responder a esa demanda. Podría conllevar un cierre y una responsabilidad patrimonial personal.
Una sociedad no es un juego y está sujeta a normativas que hay que conocer. No es la panacea que era en el pasado.

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