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Un cordial saludo.
Basta con un contrato privado entre las partes y registrar dicho contrato ante las autoridades locales comptentes para el pago de impuestos y registros comerciales. Si la legislación de mabas partes lo permite, no hay ningún problema. Basta con un contrato entre las partes.
Buena suerte.
Para cualquier otra duda o pregunta relacionada, permítame saberlo. Sigo a sus órdenes.
Le agradezco su visita a mi espacio en TodoExpertos.com
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