Montar tienda ropa

Tengo intención de montar una tienda de ropa de tallas grandes femeninas en Hospitalet de Llobregat (Barcelona) y necesitaría que alguien me indicase que trámites tengo que hacer a nivel de ayuntamiento, hacienda, precios aproximados de estos tramites el tiempo que se suele tardar para poder abrir, en que orden hay que harcerlo, que debo pagar cada mes a parte de los gastos propios del local, etc.así como cualquier otra gestión que se deba hacer. Estaría muy agradecido ya que lo desconozco por completo.

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Los trámites generales son:
1: Ayuntamiento: Licencia de apertura y de obras (esta última si son necesarias)
Coste de la licencia de apertura 100% de la cuota que te correspondería pagar en el IAE (entre 300 y 1500 euros aproximadamente dependiendo del municipio y del tamaño del comercio)
Coste de la licencia de obras: entre un 5 y un 10% del presupuesto de obra
Tiempo: depende del ayuntamiento, conozco casos desde quince días hasta un año.
2: Hacienda: Alta en el IAE y alta censal (Impresos 845/846 y 036/037). Coste: gratuito
Tiempo: Inmediato
3: Tesorería General de la Seguridad Social: Alta en el régimen de autónomos.
Plazo: 15 días desde el alta en el IAE.
Coste: el alta es gratuita, pero deberás pagar mensualmente la cuota de autónomos.
Tiempo: Inmediato
Estos son los pasos en el supuesto de que no tengas trabajadores. De ser así deberás también dar de alta a la empresa en la Tesorería General de la Seguridad Social para que te den un número de cuenta de cotización.
Aparte de los gastos del local cada mes deberás pagar la cuota de autónomos (y los seguros sociales de los trabajadores si los hay) y cada tres meses pagar a Hacienda hacer los pagos fraccionados de la empresa (y las retenciones a los trabajadores si los hay).
Muchísimas gracias por la respuesta, solo dos últimas preguntas: ¿A cuándo ascenden los autónomos?(Intentando pagar lo mínimo al principio)y ¿qué son los pagos fraccionados de la empresa y cuando pueden subir aprox.?
Muchísimas gracias
Autónomos:
El autónomo debe elegir la base por la que quiere cotizar (generalmente la mínima) y aplicar el porcentaje de cotización.
La base mínima para 2004 es de 755,40 y el coeficiente de cotización es el 29,8%. Por lo tanto, la cuota mínima al mes es de 225,11 euros.
Existe la posibilidad de renunciar a la cobertura por Incapacidad Temporal lo que reduce el porcentaje de cotización al 26.5%, con lo que la cuota a pagar cada mes sería de 200,18 euros.
Además, si se trata de tu alta inicial en el Régimen de autónomos y tienes 30 o menos años, puedes cotizar por una base reducida de 572,70 euros, con lo que aplicando el porcentaje de 29,8% la cuota mensual te saldría por: 170,66 euros.
Parece complicado pero no lo es tanto.
Una nota, estos son los datos de 2004, pronto los cambiarán para 2005. Me imagino que la actualización será aproximadamente el IPC.
Pagos fraccionados:
Los pagos fraccionados son pagos a cuenta del IRPF que deberás hacer trimestralmente. Estos pagos funcionan igual que las retenciones de trabajo ya que se compensan a la hora de hacer la declaración de la renta.
El importe de los mismos es el 20% de los rendimientos netos (beneficios) del año deducidos los pagos de trimestres anteriores. Así, los pagos fraccionados son:
Primer trimestre: 20% de los beneficios del 1 de enero al 31 de marzo.
Segundo Trimestre: 20% de los beneficios del 1 de enero al 30 de junio menos el importe del primer pago fraccionado.
Tercer Trimestre: 20% de los beneficios del 1 de enero al 30 de septiembre menos el importe de los dos primeros pagos fraccionados.
Cuarto Trimestre: 20% de los beneficios del 1 de enero al 31 de diciembre menos el importe de los tres primeros pagos fraccionados.
El importe de los pagos, como es obvio, dependerá de lo que ganes.
Esto es en el caso de que calcules tu beneficio por el método de Estimación Directa, en Módulos es más sencillo, pero hasta saber cómo va a funcionar el comercio suelo recomendar a la gente Estimación Directa.
Un saludo, espero haberte ayudado y no te olvides de puntuar la respuesta

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