Esteticista

Soy esteticisa vivo en zaragoza y pretendo abrir un gabinete de belleza en mi casa, para ello ocupare una habitación de 7m2 y se me plantean muchas dudas que paso a exponer:
¿Qué gastos suponen la creación de la empresa? (S.S, I.A.E,...
¿Si me acojo a módulos que cantidad trimestral tengo que ingresar de IRPF? Y de IVA? Ademas tengo entendido que hay que pagar algo más al terminar el año ¿de qué cantidad se trataría?
Mi idea es trabajar también "alquilando" servicios médicos puntuales(mesoterapia, laser...)¿Necesito alguna licencia especial para ello?
Y por ultimo cumpliré 45 años en diciembre y creo que hay algún tipo de ayuda en la cuota de la S.S y alguna subvención, préstamo a bajo interés etc...¿me interesa esperarme y darme de alta en enrero?

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La primera pregunta a la que debes dar respuesta es si es posible abrir el negocio que quieres en tu propia casa.
Para ello debes acudir al Ayuntamiento de Zaragoza y consultar si el Plan General de Ordenación Urbana (o normativa municipal equivalente) te permite hacerlo.
La normativa estatal no señala ninguna prohibición, pero en las normas municipales se puede establecer (y de hecho en algunas poblaciones se estabece) que ciertas actividades no pueden desarrollarse en pisos dedicados a viviendas o que no sean plantas bajas.
Por lo tanto, lo primero es consultar en el Ayuntamiento si es posible la apertura de ese negocio en tu vivienda y en caso de ser posible qué condiciones debería cumplir (tamaños, medidas, equipamientos,...).
Si el Ayuntamiento te da el visto bueno puedes iniciar la apertura del negocio, como veo quieres hacerlo como Empresaria Individual, con lo que los gastos y trámites serían los siguientes:
1: Ayuntamiento: Licencia de apertura y de obras (esta última si son necesarias)
- Coste de la licencia de apertura 100% de la cuota que te correspondería pagar en el IAE (entre 300 y 1500 euros aproximadamente dependiendo del municipio y del tamaño de la empresa)
- Coste de la licencia de obras: entre un 5 y un 10% del presupuesto de obra
Tiempo: depende del ayuntamiento, conozco casos desde quince días hasta un año.
2: Hacienda: Alta en el IAE y alta censal (Impresos 845/846 y 036/037). Coste: gratuito
Tiempo: Inmediato
3: Tesorería General de la Seguridad Social: Alta en el régimen de autónomos.
Plazo: 15 días desde el alta en el IAE.
Coste: el alta es gratuita, pero deberás pagar mensualmente la cuota de autónomos.
Tiempo: Inmediato
Si te acoges al sistema de módulos deberás pagar tanto en IRPF como en IVA sobre un beneficio que te estimará la propia Hacienda.
El importe de los pagos fraccionados APROXIMADO sería de:
IRPF: 300 euros
IVA: 160 euros
Insisto que los valores son aproximados.
A fin de año deberás regularizar el IVA con el consumo de electricidad REAL que hayas tenido y el año siguiente regularizarás el IRPF en la declaración de renta, que te puede salir a pagar o a devolver.
En cualquier caso, mi recomendación es que el primer año no estés en módulos. Los módulos presuponen que tienes beneficio, para el caso de tu actividad este beneficio que se presupone oscila alrededor de los 16.000 euros. En el caso de que el beneficio real sea menor estarás pagando de más a Hacienda. En el supuesto de que el beneficio real fuera inferior siempre tienes tiempo de cambiar de sistema y volver a los módulos.
Alquiler de servicios:
Si subcontratas un servicio y éste se va a dar en tu local, tendrás que tener los permisos necesarios para poder hacer esa actividad en el mismo, con los acondicionamientos que sean precisos,...
Sin embargo, si el servicio se da en otro local, será ese otro local el que tenga que disponer de los permisos en regla.
En cualquier caso, te conviene asegurarte de que los servicios que subcontrates estén en regla puesto que si las personas los contratan a través de ti y es a ti a quien hacen el pago en caso de reclamación también acudirán ante ti y serás tú la que debas responder aunque el servicio no lo prestaras directamente.
Ayudas:
Para las mujeres mayores de 45 años existía la posibilidad de afiliarse a la Seguridad Social como autónomas con una base de unos 600 euros, lo que supone una cotización mensual de unos 178 euros.
Obviamente tener una menor base supone también que se cotiza menos para la jubilación y que la base de cálculo para la misma será también menor.
Creo que esta posibilidad ha estado abierta hasta el 1 de enero de 2005, ignoro si sigue en vigor pero es sólo cuestión de preguntar en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Subvenciones:
Existe la posibilidad de acogerse a la ayuda por autoempleo del INEM, que consiste en un préstamo con el tipo de interés bonificado y la posibilidad de una ayuda en efectivo de hasta 6000 euros dependiendo, entre otras cosas, del volumen de préstamo.
Esta ayuda se solicita en el propio INEM, en cualquiera de las oficinas te pueden facilitar los impresos y la documentación.
Plazo de apertura:
Te en cuenta que la empresa empezará legalmente su actividad en cuanto hagas el alta en el Impuesto de Actividades Económicas. La fecha de alta en el IAE es la que contará para darte de alta como autónoma. Te recomiendo que hagas esta alta en el momento en el que efectivamente vayas a iniciar la actividad.
Un saludo, espero que tengas suerte con tu proyecto y que mi respuesta te sea de utilidad. No olvides puntuar

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