Consulta sobre pagos fraccionados para nuevo autónomo

Lo primero de todo felicitaros por esta gran web, la información y los servicios que ofrecéis.

Tengo que darme de alta en autónomos este año (estimación directa simplificada), ya que lo que al principio era un hobby, se ha convertido en una actividad que está comenzando a generar ingresos.

Mi inquietud viene dada ya que me tengo que dar de alta este mes, por lo que tan sólo estaría dado de alta en autónomos 2 meses este año (Noviembre y Diciembre), pero he recibido ingresos durante todo el año (que han incrementado en los últimos meses, por ello la razón de plantearme ya hacerme autónomo).

Ahora bien, el problema viene dado del calculo que me temo que realizarán para el año que viene en los pagos fraccionados que me cobrarán directamente en mi cuenta.
Por lo que he leído y me han informado, hacienda va a realizar la siguiente regla:
- En 2 meses he facturado POR euros (pero realmente corresponden a todo el año, ya que tengo facturas de todo el año)
- Para hacer ellos el calculo de lo que me deben cobrar directamente en
Los pagos fraccionados, por lo que me han dicho harán lo siguiente. Como
He ingresado POR euros en 2 meses, cada mes es como si hubiera ingresado
POR/2 = Y. Entonces harán Y* 12 (12 meses del año) y eso es lo que ellos estimarían que yo debería cobrar el año que viene (lo cual no es cierto, ya que es una burrada).
Y luego a esto le aplican un 20% y es lo que me van a cobrar el año que viene en los pagos fraccionados.

El problema es que es una burrada, ya que yo en 2 meses no he facturado esos "POR" euros, sino que ha sido a lo largo del año. Esto quiere decir que si llegan a cobrarme ese 20% del cálculo realizado, puede llegar a ocurrir que tenga que pagar más de lo que ingrese el año que viene.

¿El calculo que hace hacienda para cobrarme a cuenta directamente el año
que viene es tal y como lo he explicado aproximadamente?
¿Qué podría hacer al respecto?

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En primer lugar como seguro que bien sabes la forma correcta de regularizar tu situación sería un alta retroactiva, pero ello implicaría multas y sanciones indeseables, por lo que lo habitual en estos casos es darse de alta este mes com o bien dices y declarar todo (ingresos y gastos) en estos dos meses de alta que quedan de año.

Esto no suele acarrear problemas, pues ni hacienda ni la seguridad social suelen controlar estos aspectos del momento del alta siempre que coincidan el alta en IAE y el alta en Autónomos en el mismo mes.

Por lo que respecta al cálculo de los pagos fraccionados, estás equivocado. La forma de cálculo de un pago fraccionado es de la siguiente forma siempre:

Ingresos de todo el año - gatos de todo el año =rendimiento del todo el año

A ese rendimiento le calculamos el 20% y le restamos los pagos a cuenta ya realizados en lo que va de año.

De esta forma por los pagos a cuenta del año que viene no te debes preocupar, pues siempre coincidirán con el 20% del beneficio generado en cada trimestre y no tiene nada que ver con lo ganado el año anterior (eso de tener en cuenta el año anterior sólo se hace en Sociedades, no en autónomos).

El problema lo puedes tener en este año, es decir en el pago que deberás realizar el 20 de enero de 2014 como declaración del beneficio generado en el último trimestre de 2013, pues en este caso tu pago fraccionado será del 20% de todo el beneficio que hayas generado en el 2013.

Por otra parte está el IVA, no sé si te dedicas a venta por internet, lo que sería recargo de equivalencia y entonces no tendrás problema con el IVA, pues no lo debes declarar, o a prestar servicios como hacer webs o publicidad, en este caso sí deberías declarar el IVA y te pasará lo mismo que con el beneficio que deberás pagar toda la diferencia del IVA cobrado en 2013 menos el IVA pagado en 2013 y que deberás ingresar el 30 de enero de 2014, pero insisto si haces venta por internet, no tendrás este problema con el IVA

El proceso que debes seguir es darte de alta en hacienda con un 037 escogiendo el epígrafe o epígrafes de IAE que te corresponda y marcando las obligaciones fiscales que tienes, y darte de alta en Autónomos en la Seguridad Social.

El alta de IAE no tiene coste y es gratuita en Hacienda y el alta en Autónomos también si bien a partir de ese momento deberás cotizar como autónomo a la seguridad social, que como sabes con la nueva ley de emprendedores hay bonificaciones importantes y el coste es bastante bajo al principio, de forma que puedes optar por la tarifa plana de 50 € siempre que no estuvieras de alta como autónomo en los últimos 5 años y no tengas empleados, esta tarifa plana viene a ser que pagas durante 6 meses 50 €/mes, luego otros 6 meses 129 €/mes y luego otros 6 meses 179 €/mes y al final 256 €/mes.

Si quieres te invito a que estudies nuestra oferta de servicios para pequeños autónomos en nuestra web http://fiscaliza.es/asesoria-online-para-autonomos-fiscaliza donde damos un servicio completo con todo lo que un autónomo o freelance necesita por 19,90 €/mes

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