Disolución de sociedad civil sin acuerdo entre las partes

Hace año y medio un amigo y yo montamos una tienda de comercio al por menor de prendas de vestir. Primero nos hicimos autónomos y nos dimos de alta como personas físicas. El local de negocio es de mi padre, el cual me lo cedió, a mí sólo, por cinco años, haciendo un contrato de cesión a mi persona, sin mencionar al otro.

Al me, es mi amigo y yo constituimos una sociedad civil poniendo como domicilio social el de la tienda. Pusimos el 50% e hicimos unas reformas a local.

Al cabo de un año mi padre me dijo de poner un alquiler a la sociedad y yo lo vi bien, pero ahí vino los problemas, ya que mi socio no esta de acuerdo ya que dice que había un contrato de cesión por cinco años. Pero este contrato era para mi y lo hizo antes de constituir la sociedad.

Ahora queremos disolver la sociedad pero sin acuerdo entre las partes, ya que me está pidiendo todo lo que él puso, como los gastos de las reformas, una cartera de clientes que no existe ya que nosotros vendemos a la persona de la calle, nuestras facturas de venta son a clientes varios, sin nombre y apellidos.

Mi pregunta es ¿si vamos a juicio podrán exigirme que le de todo lo que pide, después de que ha estado un año y medio beneficiándose de no pagar un alquiler?

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Una vez existe acuerdo para disolver la sociedad, el paso siguiente es liquidarla, para lo cual es necesario valorar sus activos y sus pasivos, incluyendo ese supuesto derecho a ocupar el local. Nadie puede exigir nada que suponga lucrarse a costa del otro. Y si no hay acuerdo, tendrá que decidir el Juez. Este tipo de asuntos requieren de un estudio previo de la situación, pues cada caso es diferente (lo que pueda estar previsto en los estatutos fundacionales puede ser clave para la solución) y cada comunero tiene que trazar la estrategia que mejor le convenga, por lo que le aconsejo que se ponga en manos de un abogado de confianza, que pueda estudiar todos los perfiles y asesorarle de la mejor forma posible.

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