Recurrir multa línea amarilla continua sin señal vertical

Mi multa ha sido por aparcar en línea amarilla continua sin que exista señal vertical, cuando he leído el art. 171, real Decreto 1428/2003, REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN. Interpreto que sería necesaria dicha señal, que restrinja de forma temporal o continua el aparcamiento o parada. ¿Sería recurrible dando este argumento?

"Marca amarilla longitudinal continua. Una línea continua de color amarillo, en el bordillo o junto al borde de la calzada, significa que la parada y el estacionamiento están prohibidos o sometidos a alguna restricción temporal, indicada por señales, en toda la longitud de la línea y en el lado en que esté dispuesta."

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Con una señal, la horizontal (linea amarilla) es suficiente para que este prohibido... aunque en muchas ocasiones se ponen varias señales verticales, delimitando el espacio.

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En mi caso es al contrario: existe una señal vertical pero la línea amarilla no se aprecia bien, con lo que no se puede saber en qué tramo de la calle exactamente está prohibido estacionar.

Se trata de aparcamiento de un cuartelillo de la Guardia Civil, además los agentes ofreciendo un trato como si se estuvieran dirigiendo a un delincuente (a mí y a otros 4 o 5 coches que también habían cometido la misma infracción).

*La imagen no está manipulada

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