Reparación Daños Vivienda Régimen CP

Quisiera que por favor me dieran consejo sobre como tengo que actuar legalmente en la siguiente situación:
En una terraza tengo humedades en el techo, provenientes de la fachada del edificio. Esto se ha puesto en conocimiento de la Comunidad desde hace tiempo y el seguro de la Finca ha determinado que la humedad proviene de la fachada de la finca, al parecer esto no tiene cobertura dentro del seguro de la finca. La Comunidad acordó solicitar presupuestos para su arreglo y así fue pero el tiempo pasa y la reparación de los daños está pendiente y estos son cada vez mayores a causa de las lluvias.
He hablado con mi seguro ya que tengo contratada la cobertura de Reclamación de Daños, pero al parecer soy yo la que primero tiene que pagar la reparación de los daños y mi seguro posteriormente reclamaría a la Comunidad.
Pero aquí es donde tengo la gran incógnita: Aún omitiendo el deber de arreglo la Comunidad y conociendo el problema que existe. ¿Puedo yo reparar una fachada sin que esto me represente problemas legales, ya que estamos hablando de que es un elemento común?.
Si la respuesta fuera afirmativa entonces entiendo que yo debo de asumir inicialmente el coste de la reparación de la fachada, ya que los desperfectos de pintura ocasionados por las humedades en el techo de mi terraza los debería de asumir mi compañía aseguradora ya que están en el interior de mi vivienda y una vez reparado este daño sería mi aseguradora quien debería de reclamar esos daños a la Comunidad.
Les agradecería que por favor me den su consejo legal.

Respuesta
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Ud lo que debe hacer es exigir que la comunidad arregle la fachada. Si la comunidad no dice nada, puede solicitar Ud. presupuesto y presentarlo ante la reunión y que se vote en junta. Como última opción puede Ud. o bien denunciar para que realicen ellos la obra, por un mal mantenimiento de elemento común, o bien llegar al "acuerdo" que le permitan reparar Ud el desperfecto sin traba alguna. Por supuesto, Ud será quien abone inicialmente la reparación y luego como bien le han dicha, será la aseguradora quien le condone el pago de la reparación.

Espero haberla ayudado. Si tiene cualquier duda, contacte conmigo en el 610.941.077 o en [email protected]. Disponemos de despacho en Barcelona y actuamos en todo el territorio español.

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