Contador luz eléctrica

Tengo un amigo con el contador modificado para que la lectura sea inferior a lo normal y no localizo en la WEB concreción al respecto de la multa que le "caerá" tarde o temprano y así tratar de convencerle que repare el estropicio antes de que sea tarde.

Sí que veo eso de que si fraude > 400, multa de 3 a 12 meses ... Etc.etc. - Pero no entiendo eso de la multa de 3 a 12 meses ( por meses multiplicados por qué base ?? ) ni si esos "12 meses" es el tope que pedirá la cía. Eléctrica.

Te agradeceré alguna aclaración.

SALUDOS.

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Una pena de días de multa se compone de dos partes.

La primera son los días. Estos se imponen dentro de la sanción que prevé la ley, que en este caso es de entre 3 a 12 meses y tendrá en cuenta la gravedad de los hechos. Básicamente en el caso de defraudación de fluido eléctrico, se considera el tiempo que ha durado esta situación, las circunstancias del caso, si pueden aplicarse circunstancias atenuantes o agravantes y muy probablemente la situación económica del autor del hecho, por si es posible estimar o no un estado de necesidad.

La segunda es el importe de esa multa, que se determinará exclusivamente en base a los ingresos que acredite el condenado.

Así lo dispone el Código Penal :

Artículo 50
1. La pena de multa consistirá en la imposición al condenado de una sanción pecuniaria.
2. La pena de multa se impondrá, salvo que la Ley disponga otra cosa, por el sistema de días-multa.
3. Su extensión mínima será de diez días y la máxima de dos años. Las penas de multa imponibles a personas jurídicas tendrán una extensión máxima de cinco años.
4. La cuota diaria tendrá un mínimo de dos y un máximo de 400 euros, excepto en el caso de las multas imponibles a las personas jurídicas, en las que la cuota diaria tendrá un mínimo de 30 y un máximo de 5.000 euros. A efectos de cómputo, cuando se fije la duración por meses o por años, se entenderá que los meses son de treinta días y los años de trescientos sesenta.
5. Los Jueces o Tribunales determinarán motivadamente la extensión de la pena dentro de los límites establecidos para cada delito y según las reglas del capítulo II de este Título. Igualmente, fijarán en la sentencia, el importe de estas cuotas, teniendo en cuenta para ello exclusivamente la situación económica del reo, deducida de su patrimonio, ingresos, obligaciones y cargas familiares y demás circunstancias personales del mismo.
6. El tribunal, por causa justificada, podrá autorizar el pago de la multa dentro de un plazo que no exceda de dos años desde la firmeza de la sentencia, bien de una vez o en los plazos que se determinen. En este caso, el impago de dos de ellos determinará el vencimiento de los restantes.

El delito de defraudación del fluido eléctrico viene establecido así en el Código penal:

Artículo 255
Será castigado con la pena de multa de tres a 12 meses el que cometiere defraudación por valor superior a 400 euros, utilizando energía eléctrica, gas, agua, telecomunicaciones u otro elemento, energía o fluido ajenos, por alguno de los medios siguientes:
1.º Valiéndose de mecanismos instalados para realizar la defraudación.
2.º Alterando maliciosamente las indicaciones o aparatos contadores.
3.º Empleando cualesquiera otros medios clandestinos.

Además hay que tener en cuenta, que la compañía eléctrica, como perjudicada reclamará la responsabilidad civil que corresponda, haciendo una estimación sobre el importe a que asciende lo defraudado, que también deberá hacerse efectivo.

Si la manipulación que su amigo ha hecho, ha causado daños en el contador eléctrico, la compañía aseguradora podrá reclamar el importe de los mismos, y también habrá incurrido en un delito de daños del Código penal :

Artículo 263
1. El que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros títulos de este Código, será castigado con la pena de multa de seis a 24 meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del daño, si éste excediera de 400 euros.

<p class="a">Artículo 625
<p class="a">

1. Serán castigados con la pena de localización permanente de dos a 12 días o multa de 10 a 20 días los que intencionadamente causaran daños cuyo importe no exceda de 400 euros.

La localización permanente es lo que anteriormente se conocía como arresto domiciliario.

Perfecto. Para CONCLUIR, solo preguntar si hay algún ejemplo reciente, ya que veo una gran amplitud en el margen a aplicar en la multa posible, porque de 2 a 400 euros por día y de 10 días a 24 meses posible, no da un abanico de muchos miles de euros .....

El margen es amplio para que se puedan tener en cuenta los factores individuales de cada caso: "la gravedad de los hechos. Básicamente en el caso de defraudación de fluido eléctrico, se considera el tiempo que ha durado esta situación, las circunstancias del caso, si pueden aplicarse circunstancias atenuantes o agravantes y muy probablemente la situación económica del autor del hecho, por si es posible estimar o no un estado de necesidad"

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