¿Qué opciones de querella o denuncia tengo?

Que puedo hacer para defenderme, resulta que hace un tiempo, tuve un juicio laboral, donde reclamaba unas cantidades adeudadas, fui sin abogado, por que asi lo permite la ley, la sentencia me da la razon en casi todo, excepto en el pago de unas horas extras, por que los testigos de la empresa, mitieron descaradamnte, jurando y perjurando, que yo echaba 8 horas, como dice la ley, en vez de las 9 que en realidad trabajaba, esta mentira, me supone un perjuicio de dos mil euros. Tengo testigos suficientes de extrabajadores que pueden ratificar mi version, y dejarles con el culo al aire, no los lleve al jucio laboral, por no molestarles y evitarles un desplazamiento de 200 kilometros, mi pregunta es, que puedo hacer, poner una querella, una denuncia, la puedo hacer en mi localidad que si ahy juzgados ordinarios, les puedo pedir daños y perjuicios, los condenaran en costas, si gano, que es lo logico, puedo solicitar una nueva sentencia del juicio laboral, una vez demostrado, que mintieron, con el unico fin de no pagar los dos mil euros de horas extras, en fin, me gustaria me aportaran un poco de luz profesional sobre este asunto.

Respuesta
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Verá, el problema es que si dispuso de esas pruebas testificales en el procedimiento laboral, fue entonces cuando debió valerse de ellas, pues corresponde a quien alega la carga de probar lo alegado. Entiendo que quería evitarles el desplazamiento, pero la Ley así lo establece.

Sinceramente, veo poco futuro a una denuncia por falso testimonio ya que la primera prueba que tendrá en contra es justificar por qué en su día no declararon estas personas. Además, contra estas testificales, el denunciado presentará otras que les llevarán la contraria, dándose el clásico "palabra contra palabra".

Le recomiendo que se haga con alguna prueba más, y que cuente con algún asesoramiento letrado, ya que la acusación de falso testimonio en juicio es bastante seria y, en caso de no ganar usted, podría ser a su vez querellado por denuncia falsa.

Un cordial saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

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Hola,gracias por su respuesta tan rápida,creo que no me explique bien,yo al juicio laboral,solicite que fueran tres testigos vinculados a la empresa,uno no se presento,y los otros "jefes" mintieron,aporte correos electrónicos,que la juez entiendo no valoro suficientemente,después de 25 años echando 9 horas,entiendo que puedo demostrarlo sin problema,como supongo que puedo poner la querella o denuncia en mi localidad,cuento con mas de 20 posibles testigos,extrabajadores,preveedores y vecinos del lugar de trabajo,que pueden refrendar la veracidad,de mi denuncia,la aclaración que le solicito,es si puedo pedir daños y perjuicios,y si se puede solicitar la revisión de la sentencia, lo que mas me interesa es saber si economicamente me es rentable poner la querella,repito demostrar que mintieron,creo que no es problema,si cuatro,cinco o diez testigos,extrabajadores de la empresa manifiestan,que todos echabamos 9 horas,y que hoy dia,se siguen echando 9 horas,y la empresa lleva 25 años con el mismo horario,si no se puede demostrar eso,es que somos inutiles,le repito las gracias y quedo a la espera de su aclaración,que basicamente,es si me resultara rentable economicamente,moralmente creo que si,un saludo.-

No hay de qué.

He comprendido que si interpone la querella puede usted presentar testigos lo que, en mi experiencia, no es suficiente. Pero digamos que igualmente interpone la querella. No se puede valorar la conveniencia o no de ejercitar las acciones, penales o civiles, en base a su "rentabilidad económica", sino a la prosperabilidad de la reclamación. Como esto es complicado de debatir, le aclararé dos cuestiones que usted comenta:

- Daños y perjuicios: la acción civil de responsabilidad por daños derivados del delito debe tener sustantividad propia. Dicho de otra manera: no basta con alegar esos daños, sino que deben probarse, no bastando el daño moral ocasionado con el delito.

- Costas: sólo si acude asistido de abogado y procurador (por ejemplo, contratados para interponer la querella) por que si no, no habría incurrido en gastos y no podría solicitar el pago de las costas.

- Los 2.000 euros debidos (que no son perjuicio ni daño, porque no serían responsables de su pago los acusados, sino la empresa) deberían de volver a reclamarse en el orden social, ya que la sentencia de condena penal se pronunciaría sobre el concreto ilícito penal: el falso testimonio. La condena lo sería a las personas que delinquieron, no a la empresa.

- Revisión de la sentencia: no se pide en el orden penal, sino ante el superior jerárquico del Juzgado que la dictó, a través del correspondiente recurso.

En definitiva, y precisamente por esto último y teniendo en cuenta que en nuestro Ordenamiento la vía penal es la última 'ratio' (último recurso), en mi opinión usted debería agotar primero la vía laboral, presentando un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad, solicitando nuevas pruebas (sus testificales).

Si prefiere acudir al orden penal, le recomiendo nuevamente que acuda a un letrado con toda la documentación, para tener una opinión bien formada de la prosperabilidad de la querella y para la redacción e interposición de la misma.

De nuevo,magnifica su respuesta,en tiempo y forma,mi agradecimiento mas sincero,para no abusar de su tiempo,solo comentarle,que es cierto que tengo testigos de sobra,para demostrar lo mentirosos que son,uno de los testigos mentirosos es copropietaria de la empresa,no se si esto cambia,el objeto de su mentira es lógicamente no abonar los dos mil euros,que si hubieran dicho la verdad,quedan según notoria jurisprudencia acreditados qeu tienen que pagarlos,es mas,mentir supongo que asesorados por alguien era la unica,opccion para evitar el pago,por tanto no se si eso es,estafar,robar,hurtar,pero mienten para no pagar y quedarse con un dinero que no les corresponde,decir tambien que ahy correos electronicos y algun otro documento que ponen de manifiesto que mienten,estos los aporte al juicio laboral,pero parece que para su señoria no son definitivos.Termino no me gusta que me roben despues de 25 años trabajando con honestidad,me repatea que se salgan con la suya y se rian de mi,y como se que tengo razon,me gustaria luchar,lo ultimo que le quiero consultar es si tengo derecho a justicia gratuita,ahora estoy en paro y por ingresos creo que si,pero tengo dos viviendas y un solar edificable de 300 metros,todo pagado y sin hipotecas,no me gusta abusar de lo publico e impedir que otros puedan acceder a este servicio,pero cree usted que tengo derecho,una vez mas le doy las gracias,por todo.-

No puedo decirlo porque no se trata sólo de las propiedades, sino de las obligaciones económicas que se tienen, de los ingresos económicos brutos, de si se tiene o no familia, cónyuge a cargo...

Lo mejor es que lo solicite aportando toda la documentación y que la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, que estudiará la petición, resuelva conceder o no.

No se preocupe por el uso de este servicio. Si se reúnen los requisitos, se dice que se tiene "el derecho a la asistencia jurídica gratuita" porque es el derecho de todos a un procedimiento judicial con todas las garantías, que dimana del derecho fundamental a la "tutela judicial efectiva" (art. 24 de la Constitución). Quiere esto decir que si se lo conceden, ni mucho menos abusa de ello. No lo piense así.

Espero que no suene a peloteo,pero tanto en tiempo de respuesta,como la ayuda prestada,siendo honesto,tengo que que darle un notable alto al experto,y mi agradecimento,a alguien que dedica parte de su tiempo,a ayudar a los demás,un saludo y mis mejores deseos para esta persona.-

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