Expediente de dominio

Puede cualquier persona reclamar una propiedad que no se conoce el dueño, que no hay nada en el registro de la propiedad. ¿Pagando toda la contribución pendiente e incoando un expediente de dominio? Gracias.

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Podrías pagar toda la contribución pendiente, pagar las futuras, ocupar la propiedad haciendo actos de posesión sobre la misma, habitando la vivienda o realizando labores agrícolas, y al cabo de 15 años de posesión pacífica, ininterrumpida y a titulo de dueño podría intentar un expediente de dominio.
Ten en cuenta que en el expediente de dominio para inmatriculación de fincas en el Registro de la Propiedad, el Juzgado (o si lo hacen vía notario) indaga sobre tu presunta propiedad a los vecinos y colindantes, lo publica en el BOP y en el tablón de anuncios del Ayto.
Te recomiendo que te hagas en principio con la titularidad catastral de la finca, y tomes posesión de la misma, y con el paso de los años iniciar el expediente de dominio.
Más info 667990785
Te rogaría finalizaras la pregunta y me valoraras a fin de finalizarla y dejar paso a otras preguntas.

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