Patria Potestad

Bueno resulta que tengo un hijo de 18 meses reconocido por su padre, pero es nosotros hace un año que nos hemos separado y desde ese tiempo no he sabido nada de el. Yo tengo una relación con un chico nuevo y me gustaría saber si puedo cambiar los apellidos de mi hijo, quintandoles los de su padre y si puedo pedir la custodia o la patria potestad (no se como se llamara) y como se hace. ¿Necesito abogado? ¿O con un simple escrito al Juez? También quiero decir que no tengo libro de familia porque su padre me rompió lo dos que me dieron y ahora dicen que ya no dan más, los necesito para un futuro, colegio, etc., ¿qué puedo hacer? Soy de España

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Siempre puedes solicitar una copia del Libro de Familia en el Registro Civil. Podrías iniciar el trámite para retirarle la Patria Potestad al padre por desatención al niño o por potencial peligrosidad ("pasar" de él, sin verlo ni ayudar a su manutención, conducta violenta etc...) ante el Juzgado, pero mediante abogado y procurador (tienes derecho a que sean gratis si ganas menos del doble del salario mínimo, solicitándolo en el colegio de Abogados de tu localidad). Pero no está previsto que puedas quitarle los apellidos del padre una vez que está registrado. Tienes mucha información sobre estos temas en http://ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com
Un abrazo
Antonio
Me gustaría saber si la respuesta te parece satisfactoria o si deseas alguna aclaración.
Respuesta
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Los apellidos de tu hijo no los puedes variar.
La patria potestad no se la puedes quitar a su padre si no es por motivos específicos y tasados por el Código Civil, aunque por lo que me dices se podía alegar abandono grave de las obligaciones respecto del hijo, no pasar pensión de alimentos, etc.
Lo que si puedes hacer es solicitar medidas respecto del hijo común, medidas en las que te otorgue la guarda y custodia del hijo a tu favor, y una pensión de alimentos que deberá pagar el padre.
Dentro de varios años, y si reiteradamente viene incumpliendo sus obligaciones de visitar a su hijo, pasar vacaciones con él, y pasarle pensión de alimentos, te podrías plantear el quitarle la patria potestad, y en cuanto a cambiarle los apellidos, o cuando sea mayor de edad se los podría cambiar en el Registro civil, o si se decretase desamparado por su padre y lo adoptara tu nuevo ex-compañero, pasaría a llevar su apellidos.
En todo caso todos estos trámites, establecimiento de medidas respecto al menor de momento, necesitas abogado y procurador que los puedes solicitar de oficio si tus ingresos son inferiores a 900 Euros mensuales. Más info 667 990 785

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