Terreno particular afectado por camino excursionista

Soy la propietaria de una parcela urbanizable sita en la localidad de Matadepera(Barcelona). Está sin vallar, virgen y llena de arboles y arbustos.
Actualmente estoy solicitando la licencia de obras para construir una casa y me comentan en el Ayuntamiento que la parcela esté afectada por un camino histórico llamado PR C-31 denominado Camí dels Monjos-camino de los monjes- y que en la mitad de la parcela no puedo construir ni vallarla al ser de dominio público, de hecho han colocado un poster indicador para los excursionistas de que el camino pasa por ahí.
Consultado el Registro de la Propiedad, el Catastro y el plan urbanístico del Ayuntamiento comprobamos que no le afectaba ningún tipo de carga, quedando así también reflejado en la escritura y confirmado por el notario. De hecho pagamos los impuestos de IBI a razón de la totalidad del terreno. Sin embargo al consultar dicho camino por internet se aprecia (según el club excursionista que pasa por la parcela).
La pregunta es, ¿Qué base legal tengo para negarme a aceptar que ese camino pasa por mi parcela si no aparece ni en el registro de la propiedad, ni en el Catastro ni en la Escritura y solo en la información del club excursionista? Entiendo que fue problema del Ayuntamiento que cuando parceló no tuvo en cuenta dicho camino, ¿por tanto que derechos tengo y en caso de que deba ceder parte de la parcela a que indemnización tengo derecho?

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El dominio público está constituido por ese camino, pues los terrenos de propiedad particular no pueden ser de dominio público, lo que ocurre es que los terrenos cercanos al dominio público pueden verse afectados por servidumbres legales que les impiden realizar construcciones cerca de los mismos
No es necesario que consten en el registro de la propiedad estas servidumbres legales, pues es la ley quien le otorga la publicidad
Deberás delimitar perfectamente cual es el terreno a que se refiere ese camino y después comprobar la normativa propia de tu comunidad autónoma para determinar la limitación que afecta a tu propiedad por tu proximidad a dicho camino
Te agradezco tu respuesta pero pienso que un Ayuntamiento no puede parcelar una zona que es de dominio público y venderla y cobrarle los impuestos como a otra parcela a la que no le afecta nada. Supongo que podríamos exigir legalmente al Ayuntamiento que se quede con esa zona, por tanto que nos la expropie y nos indemnice, ya que como propietario nos surge la indefensión de que se compró sin saber que le afectaba esto dado que en ningún registro venía explicado (R. Propiedad, catastro, escritura, incluso consulta verbal que se hizo al Ayuntamiento).
¿Crees qué podríamos iniciar una reclamación legal?
Gracias
El dominio público no se puede comprar, lo que has comprado no puede ser dominio público, es propiedad privada que se haya afecta a las limitaciones de estar limítrofe al dominio público

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