Incumplimiento de contrato de compra venta

Hace 2 años firme un contrato de compraventa de una vivienda sobre plano, ¿durante estos dos años he entregado unos 12.000?, en el contrato no consta clausula de penalización, en el contrato figura que la fecha de entrega del piso es en el primer trimestre del 2009, y aún no esta terminada la obra. En estos momentos no quiero quedarme ya con el piso porque mis circunstancias económicas y personales han cambiando, entonces pregunto Hay posibilidad de que me devuelvan el dinero por incumplimiento de entrega de llaves,?

1 respuesta

Respuesta
1
La posibilidad de resolver el contrato de compraventa por falta de entrega del piso dentro del plazo es considerado en la jurisprudencia con carácter restrictivo
Para ello es necesario que el retraso sea importante, que sea imputable a la parte vendedora, exigiéndose cierta culpabilidad, si el retraso se ha debido a causas ajenas a la parte vendedora los tribunales no suelen admitir la reclamación, a lo sumo admiten indemnización de los daños y perjuicios que el retraso haya podido ocasionar (siempre que se prueben)
Yo entiendo que todo usuario que hace una pregunta le gustaría que les respondiéramos que si tienen derecho a todo lo que reclaman, pero esto sería imprudente por nuestra parte, pues en un caso como el tuyo si te animara sin más a resolver el contrato y fueras a juicio, si lo pierdes se te condenaría a pagar las costas, que en estos casos son muy elevadas
Sería conveniente un estudio del contrato (si existe posibilidad de resolución por incumplimiento en el mismo) y de las causas del retraso para poder ofrecer una respuesta más acertada

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas