Segregación parcela

Tengo una parcela de casi 1000 m2 en una urbanización que da a dos calles, a la calle principal tiene de fachada 36 ml y a la otra 31 ml.
En esta urbanización tanto en la primera parcelación como en las sucesivas siempre se contemplaba en el POUM, una parcela mínima de 600 m2 y en el 1er proyecto de la urbanización se contemplaban, parcelas de grandes dimensiones, entre 1000 y 2000 m2, en las reparcelaciones en alguna zona se contemplaba la parcela mínima de 800 m2, en otras zonas se proyectaron viviendas adosadas y así hasta estos momentos, en que quedan muy pocas parcelas por edificar como es mi caso.
La categoría del suelo en la zona de la parcela, actualmente esta calificada como "Ciudad Jardín Unifamiliar, clave 17.a2, cuyas características son: parcela mínima 600m2, fachada 16 ml, edificación neta 0.5 m2st/m2s, Alzada 7.5 m. - En la misma urbanización en otras zonas, existe la clave 17.a1 que tiene: parcela mínima 400 m2, fachada 14 ml, edificación neta 0.5m2st/m2s, alzada 7.5 m
Solicitado el certificado de aprovechamiento urbanístico, la respuesta es que solo puedo construir una vivienda unifamiliar, que con el coeficiente de edficación puedo construir una mansión entre sótano, planta y piso de unos 700 m2, mientras que si segrego, puedo constrir dos casas entre sótano, planta y piso de unos 300 m2 que ya es una muy buena casa.
Ante esta situación he realizado un estudio de las parcelas contruidas o por construir, de las calles que exceptuando los adosados, representan el 70 % de lo construible y cual es mi sorpresa que: 22 parcelas que representan el 26.5% de estas calles no llegan a los 400 m2 (es decir ni siquiera reúnen las condiciones de la clave 17. A1), 32 parcelas que representan el 38.55 %, están entre los 401 m2 y los 600 m2 ( es decir no reúnen las condiciones de la clave 17. A2), 29 parcelas que representan el 34.93 %, tienen entre 601 m2 y 800m2 (que serien las que están dentro de lo legal), 10 parcelas que tienen más de 800 m2, lo que significa que 54 parcelas que suponen el 65.05 % han sido o serán construidas sin respectar ni el poum, ni la ley, ni nada. Y solo las 39 parcelas que representan el 34.95% están o están contruidas legalmente.
Hablando con la jurista del Ayuntamiento, me dijo que el ayuntamiento denegaría la segregación, pero me dejo entrever que yo podía entablar un contencioso con el ayuntamiento y que con un poco de suerte en 6 u 8 años podría obtener una sentencia favorable
Si solicito la segregación y me la conceden, tendría 2 parcelas de más de 450 m2 cada una y con una fachada de 18 ml cada una y serían parcelas superiores a las 22 que no llegan a los 400 m2. Y estará entre las 54 parcelas que suponen el 65.05 %.
Me gustaría conocer la opinión de un experto en la materia, antes de proceder a pedir la segregación, para a ser posible evitar perdida de tiempo y dinero.

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Si las parcelas están enclavadas en la zona donde se permiten parcelas de 400 m2, tendrías todo el derecho a la segregación, el problema es que esté enclavada en la de 600 m2
De todas formas si quieres me concretas tu Comunidad Autónoma para echar un vistazo a la legislación urbanística
Le informo, que el "Plan parcial de la Urbanización Bosques de Tarragona", fue aprobado por el Ayuntamiento el 4-8-1964, y que este plan original no se ha llevado a cabo.
Hubo reparcelaciones, que como decía en mi escrito anterior no se respectaron y que los distintos POUM, siempre han contemplado la parcela mínima de 600 m2.
La ley 2/2002 en su articulo 188, hay que saber interpretarla, pues no es muy concreta. Y en los artículos 183 y siguientes también hay que saber interpretarlos.
Actualmente el POUM, contempla en esa zona la parcela mínima de 600 m2, y en la misma urbanización muy cerca, aun contempla la parcela de 400 m2 y en otras urbanizaciones del Barrio de Levante.
Para mejor comprensión, les diré: Se iniciaron las construcciones en los años 60, pues la casa en la que vivo actualmente fue construida entre 1971 y primeros meses de 1972.
Hasta 1986 no se ha constituido la Junta de Compensación, que por lo que he llegado a saber no ha servido para mucho.
En septiembre de 1993, la Junta de Compensación, solicita transformarse en Entidad Urbanística Colaboradora de conservación, cosa que aun no se ha consumado.
En 1997, en una Asamblea que se inicia el 5 de julio y se termina el 6 de septiembre, se eligue una nueva Junta Rectora, compuesta por 4 miembros, cuando lo mínimo son 7 y son los que figuran ahora.
Por supuesto las obras las ejecutó el Ayuntamiento por Cooperación, a su manera y cuando las dio`por terminadas, la Junta de Compensación (nueva), no estuvo conforme y planteó un contencioso con el Ayuntamiento, que según dicen ha costado en aquel entonces más de 20 millones de Ptas, para nada, pues perdieron el pleito.
Podría facilitarle más información, pero por lo que se puede ver esta Urbanización ha sido y sigue siendo un cúmulo de problemas y despropósitos, entre el Ayuntamiento por un lado y lo que no se como llamarle "Junta de Compensación" o "Farsa".
Lo que realmente me interesa, es saber que pasará si presento un expediente de segregación, alegando todo lo que le mencinaba en el escrito antrior, yendo de frente, incluso alegando agravio comparativo y que ante tanta irregularidad estoy decidido a ir al fondo de la cuestión, que tengo que perder y que puedo ganar, pues yo no tengo ningún compromiso político ni de ningún tipo.
En principio la presentación de solicitudes, recursos y reclamaciones ante la Administración no te compromete a nada, es más, es un derecho de los ciudadanos
En caso de no atender tu petición, que deberá ser razonada, puedes plantearte el ir a juicio, en primera instancia no suele haber condena en costas
Las respuestas, tanto la primera como la segunda me parecen lógicas, aunque no creo que con la lógica pueda encontrar un juez que sentencie a favor sobre todo teniendo en cuenta los tiempos que corremos.
Reflexionaré sobre la segunda respuesta y probablemente pruebe a solicitar la segregación, pues el no ya lo tengo y lo único que puedo hacer es busar el si
Gracias por los consejos y espero que me sean de utilidad
S. Duran

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