Local en alquiler

Hola, hace un año alquile un local en bruto con un contrato de 5 años, lo arregle totalmente, y abrí mi negocio, una panadería, pero a los 9 meses tuve que cerrar porque iba mal y no me daba ni para pagar. Hablo con el dueño del local para terminal el contrato y llegar a un acuerdo, ya que hice una buena inversión en su local, y me dice que he firmado un contrato de 5 años y por lo tanto tengo que estar 5 pagando el alquiler.la pregunta es si eso es verdad, no lo veo lógico, saludos

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Respuesta
Los arrendamientos se regulan por lo que dispone la ley de arrendamientos urbanos y ésta establece en su Artículo 9 que la duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
El plazo comenzará a contarse desde la fecha del contrato o desde la puesta del inmueble a disposición del arrendatario, si ésta fuere posterior. Corresponderá al arrendatario la prueba de la fecha de la puesta a disposición.
Es decir dependerá de lo que ponga en el contrato, si pone 5 años, serán 5.

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