Transporte de materiales

Hay unas obras en una calle paralela a la mía, y debido a que es una calle estrecha, no admite circulación de camiones grandes (de hormigón, por ej.). Por esta razón han colocado una grúa para transportar los materiales desde mi calle hasta la obra. Se da el caso de que las cargas sobrepasan por encima de mi jardín, llenándolo de gotas de cemento cuando transportan hormigón, y con el riesgo de caídas de materiales más sólidos (como ya ha ocurrido). ¿Tienen derecho?

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En primer lugar intenta hablar con algún operario a ver si se atienen a razones. Si esto no diera resultado siempre te queda interponer una reclamación previa de responsabilidad patrimonial ante el Ayuntamiento de tu localidad, si es que tal Ayuntamiento tiene participación en estas obras y transportes de materiales.
Si de lo contrario, no tuviera implicación el Ayuntamiento y sólo interviniera una constructora o empresa privada (sin convenio o acuerdo con el Ayuntamiento) siempre puedes dirigirte a un abogado para reclamar daños patrimoniales en tu terreno y/o daños personales en caso de ser tú o tu familia los perjudicados por daños corporales.
Muchas gracias por la rapidez de tu respuesta, el operario con el que he hablado opina que como yo no soy del lugar no tengo derecho a quejarme, y lo que debería hacer es, ya que mi casa en su día también fue construida, solidarizarme con ellos y regar cada tarde el cemento que ha caído en mi jardín (sin comentarios).
No creo que se pueda reclamar daños patrimoniales por las gotas de cemento, y los daños personales preferiría evitarlos en lugar de reclamarlos, lo que desconozco es el significado de "reclamación previa de responsabilidad patrimonial", ¿consiste en una reclamación para prevenir daños, antes de que éstos se produzcan?
De todas formas, pienso que, si no les está permitido entrar a pie en una propiedad privada para facilitarles el acceso a otra, ¿por qué les estaría permitido atravesarla a unos metros del suelo? ¿Les estaría permitido, del mismo modo, hacer un túnel por debajo de mi casa? Creo que no sería lógico. Conozco el reglamento de circulación aérea y sé que está muy bien especificado por dónde puede o no puede pasar una aeronave, pero no tengo ni idea de si existe algo parecido para los constructores. Yo lo que quiero saber es, independientemente de si se producen daños o no, si tienen derecho a atravesar mi jardín con sus materiales.
Gracias y perdón por extenderme tanto, es por la indignación tras la conversación con el operario.
Un saludo.
De nuevo patrivei!
La reclamación previa de responsabilidad patrimonial es un trámite que se lleva a cabo en el juzgado previo al juicio para que las partes litigantes lleguen a un acuerdo. Es necesario que ya se hayan producido los daños patrimoniales para después reclamar. Tiene lugar cuando la responsabilidad pertenece a alguna administración pública.
Por otro lado, recomiendo la ojeada a la ley de defensa de consumidores y usuarios, ley de ordenación y edificación, y ley de propiedad horizontal.
Hola de nuevo, mira lo que he encontrado y dime qué opinas:
REAL DECRETO 836/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba una nueva instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-2" del reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones:
En el anexo 4, 3. obligaciones del gruista, en "prohibiciones" dice:
"Transportar carga por encima del personal", y "La zona de trabajo de la grúa, por donde han de pasar las cargas, estará señalizada, impidiendo el paso por ella a toda persona que no sea de la obra y no lleve casco de seguridad"
Pienso que esto es más que suficiente para saber que no tienen derecho, a no ser que estén capacitados para prohibirme la salida a mi jardín.
Gracias por tu paciencia y espero tu respuesta. Un saludo.
Ante esta nueva documentación no queda más remedio ya que acudir al jefe del operario con el que hablaste, pues él es el último responsable de todo lo que ocurra en la obra. A ver si con él cambia la situación.
Si esto no ocurriera el consejo que te doy es que acudas a un abogado para interponer demanda de responsabilidad civil en reclamación de daños. No se te olvide nunca que nadie puede mermar tu derecho de disfrutar de tu propia casa en la intimidad del hogar y familiar.
Y, por supuesto, el hecho de que habitualmente no vivas allí no puede dar pie, ni al jefe ni a los operarios que allí trabajen, para no cumplir la ley.
Festera
Gracias, el caso es que es mi residencia habitual, en La Gomera, lo que pasa es que tengo aspecto de extranjera ya que soy rubia (él pensaba que era alemana), y acento de Baleares que es donde nací, pero ¿qué más da de dónde uno sea? No consigo acostumbrarme a este recurso que utiliza la gente con complejo de inferioridad con la gente de fuera, sería hasta ofensivo si no fuera tan penoso.
Gracias de nuevo y suerte.

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