Modificación condiciones de trabajo

Se puede considerar modificación el cambio de rotación en el turno de noche?

Si es así , ¿no debería la empresa notificarlo al delegado de personal y abrir un periodo de consulta?

¿En caso de que la empresa incumpla esta ley o norma se debería denunciar? ¿ como y donde?

muchas gracias

un saludo tanatopractor

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Es difícil dar una opción con la información que proporcionas, ya que habría que ver en qué consiste ese cambio de rotación, tu contrato de trabajo, el convenio colectivo, etc.

No obstante, si ese cambio en el turno implica un cambio en las horas en que venías prestando servicios y dicha posibilidad no había sido previamente pactada, podría considerarse una modificación sustancial de condiciones de trabajo.

Para ello el empresario debía haber seguido el procedimiento del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores y de no hacerse así la medida sería nula.

Podría denunciarse ante la Inspección de Trabajo o interponer una demanda. En todo caso, sería aconsejable que hablases con el comité de empresa o con algún abogado antes.

Para más información laboral, visita www.laboratoriolaboral.blogspot.com.es

te aclaro el cambio de rotación consiste en que el turno de noche de considerarse el primero ahora seria el ultimo del día, es decir yo para hacer por ejemplo el día 2 tendría que hacerlo durante la madrugada del día 3, y antes era entrar una hora del día 1 y terminar con el día 2 hecho. Se puede considerar modificacion?

Con la información que me ofreces e, insisto, salvo que tu convenio/pacto de empresa o contrato dispusiesen lo contrario, sí podría considerarse una modificación sustancial de condiciones de trabajo.

Para más información laboral, visita www.laboratoriolaboral.blogspot.com.es

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