¿Me pueden quitar la dieta de mi sueldo sin previo aviso?

En la nomina de este mes (febrero de 2013) me han quitado 167 Euros de la nomina, en concreto me han quitado la dieta que desde el principio he cobrado (desde julio de 2011) bajo el nombre de "GASTOS".
Por supuesto no me han comentado nada antes ni ha habido ninguna
Compensación por otro lado, simplemente he cobrado menos. ¿Esto es legal, lo pueden hacer?

Resulta que cuando negocié el sueldo con mi empresa, yo pedí una cantidad y ellos me dijeron que me daban esa cantidad pero como sueldo base me daban esa cantidad menos 2mil y los 2mil restantes me los daban en concepto de dieta. A parte la persona de recursos humanos cuando me envío el precontrato por e-mail (donde aparecen los 2 mil en concepto de dieta), en el cuerpo del e-mail me decía que no me preocupará por ese dinero que lo recibiría mensualmente.

Para mi esos 2mil euros eran parte de mi sueldo, fue lo que yo negocié con ellos. ¿Me los pueden quitar así de repente, sin previo aviso ni nada de nada? ¿Qué puedo hacer?

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Te comento:

El simple hecho de que las dietas te las camufle en la nómina bajo la denominación de "gastos" ya huele a fraude.

Si además se trata de un concepto inespecífico como el que comentas resulta imposible que lo tengas consolidado y puedas reclamar que no se te retire ya que no podrías probar en concepto de que se te abona.

Si fueran dietas deberías justificar los gastos con facturas y no sería posible porque en realidad se trata de percepciones salariales encubiertas como forma extrasalarial y que entiendo que además tu empresa las tendría exentas de cotización.

Puedes reclamar lo que legalmente es reclamable:

-Dietas que puedas justificar.

-Salario base que tienes por debajo de lo firmado en contrato o de lo recogido en Convenio.

-Pluses personales que consolidación como antigüedad.

Lo siento no puedes reclamar la retribución en dietas, no consolida, no es derecho adquirido y se tendría que probar en juicio con facturas.

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Resulta que bajaron el sueldo de la misma manera a más del 10% de la plantilla.

?Lo pueden hacer así sin avisar, sin negociar, justificar etc.?

Gracias

Se deben dar unos requisitos, ya sea por modificación sustancial de vuestros contratos o bien mediante descuelgue de convenio colectivo que requiere acuerdo con los representantes y en este último caso afecta a toda la plantilla.

En ambos casos deben existir razones técnicas, económicas, organizativas o de producción y preavisar con al menos 15 días de antelación.

Si no se cumple es fraudulento e impugnable la bajada salarial.

Pero hablamos de tocar salario base, pluses... no cuantías inespecíficas que no se sabe a que atienden, que varían de un mes a otro o que no están acordadas y firmadas con los trabajadores.

Un saludo micaela.

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