Subida salarial inferior a convenio

La empresa para la que trabajo tiene dividido el salario en diversos conceptos, entre los que se encuentran, salario base (según convenio y categoría) y otro denominado "gratificación extraordinaria".
Mi pregunta es, si por ley, la empresa esta obligada a subir anualmente en ambos conceptos el % de incremento salarial firmado en el convenio colectivo, si solamente debe hacerla en el salario base o si por el contrario puede no hacer ninguna subida anual en el caso que el salario sea superior al marcado por el convenio colectivo.

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A priori y en términos legales la empresa debe pagar como mínimo, la cantidad establecida en convenio para la cantidad correspondiente. Sin embargo son muchas las empresas que emplean conceptos como la mejora salarial o el comentado para aumentar las nominas y mantenerlas estables a base de pagar durante un tiempo por encima de convenio y absorbiendo las posteriores subidas (de convenio, por antigüedad o similares) incrementando dichas cantidades y ajustando los complementos para que el sueldo siga siendo el mismo.
Por tanto y mientras el salario total sea igual o superior al que marca el convenio la empresa actúa legalmente, que no éticamente. Hecho este ultimo que por desgracia tampoco es novedad.
Un saludo
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Si estás cobrando más de lo que obliga tu convenio para tu categoría entonces ese importe no se consolida, sino todo lo contrario. La empresa puede absorber la subida de los conceptos de convenio reduciéndote lo que cobrabas por encima. Por ejemplo, ¿tu convenio obliga a pagarte 1000? Al mes, sumando salario base y otros conceptos obligatorios; pero tú cobras un plus aparte (¿no obligatorio) de 200? Más. O sea, ¿qué cobras 1200? Al mes (1000 de obligatorio + 200 de voluntario). Al año siguiente se aplica una subida del 3%, por tanto pasarías a cobrar 1030 de obligatorio y 170 de voluntario, ¿sumando otra vez 1200? Al mes. Obviamente esto quiere decir que siempre cobrarás lo mismo, ¿hasta qué los conceptos obligatorios lleguen a 1200?. Por supuesto hay que comprobar que estés cobrando todos los conceptos obligatorios del convenio, cosa que dudo, porque es raro un convenio en el que no exista nada más que el salario base.
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Anualmente suelen actualizarse las tablas salariales en convenio colectivo, la empresa al menos debe pagarte el salario indicado en el convenio colectivo, si tienes conceptos salariales que mejoren el salario mínimo de convenio dichos conceptos pueden absorberse con las subidas anuales de convenio hasta que se iguale el salario, salvo que el convenio colectivo indique que los conceptos salariales personales no serán absorbibles o por pacto individual entre ambas partes puede establecerse la subida salarial que se quiera.
Los conceptos salariales indicados en convenio siempre tienen que actualizarse en función de las tablas salariales anualmente.
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Las subidas salariales se hacen según se reflejen en Convenio o en cualquier acuerdo con el COmite de Empresa, puede ser sobre un solo concepto o sobre varios. Pero si tu categoría está por encima del salario fijado en Convenio la Empresa podría no hacerte la subida. El único mínimo que hay que respetar legalmente es que no cobres por debajo de lo establecido para tu categoría en convenio colectivo

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