¿Pueden bajarme el sueldo?

Mi sueldo es sustancialmente superior al que marca el convenio para mi categoría, por lo que en mi nómina a parte de "salario base" aparecen otros conceptos como "plus convenio" o "mejora voluntaria". He oído que pueden eliminar estos conceptos dejándome sólo el salario base, ¿es esto cierto? Si lo hicieran, ¿tendría derecho a extinguir el contrato de trabajo por modificación de las condiciones con alguna indemnización? En el contrato figura el sueldo real, no el del convenio, y pone que estará compuesto de "salario base más pluses".

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La retribución voluntaria se puede suprimir por parte de la empresa sin mayor inconveniente. Cuando entramos en otros conceptos que se abonen sin tener derecho expreso a ello, si la voluntad del empresario de abonarlos se dilata en el tiempo se considera condición más beneficiosa para el trabajador y el derecho se consolida, lo que ocurre es que en caso de conflicto normalmente se acaba delante del juez que es el que determina si el derecho se ha consolidado o no.
Llevo 14 meses en la empresa, mi nómina siempre ha sido igual y el importe de la retribución total figura en el contrato (indefinido). ¿Eso consolida el derecho a seguir percibiendo lo mismo? Los conceptos salariales son: salario base, plus convenio y actividad. El de actividad no sé en base a qué se paga, pero la cuantía es pequeña. En cambio el de "plus convenio" sí me preocupa, ya que su importe es mayor que el del salario base. Te aclaro que no coincide para nada con lo que aparece en el convenio como pluses, esas cantidades son muy inferiores. ¿Ese concepto se puede suprimir por parte de la empresa "sin mayor inconveniente"? Ten en cuenta que eso supondría reducir mi sueldo a menos de la mitad. Y si es un concepto que se abona "sin tener derecho expreso a ello", ¿no me da derecho a cobrarlo el hecho de que figure en mi contrato? ¿Qué se necesita para que se consolide?
Vera, se da una dicotomía, por un lado la remuneración se halla expresada en el contrato con lo cual es un derecho que de partida le corresponde. Por otro lado el concepto expresado no cuadra con lo que refleja el convenio, no es una situación frecuente ni mucho menos, pero en este caso imperaría uno de los pcpios del derecho del trabajo y este es el induvio por operario, por lo que esas cantidades yo las daría de partida como consolidadas. Aunque en caso de conflicto debería ser un juez quien lo reconociera.
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Si estás cobrando por encima de convenio tienes dos posibilidades:
Primero. Si está recogida esa cantidad en contrato, como es tu caso, no hay ninguna duda, es salario, y por lo tanto no pueden reducirtelo.
Segundo. En caso de que estuvieses cobrándolo pero no apareciese recogido en el contrato tendrías que demostrar que esa cantidad la estás cobrando periódicamente y que por lo tanto es un concepto salarial.
En caso de que reduzcan dicha cantidad puedes extinguir el contrato por modificación de las condiciones de trabajo, siendo la indemnización la correspondiente al despido improcedente, es decir, 45 días de salario por año de servicio

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