Duración de contrato por obra y servicios

Hola Sofía. Llevo casi tres años trabajando subcontratado y con un contrato por obra y servicios. Me gustaría saber si existe algún límite temporal para este tipo de contratos o si mi empresa puede mantener mi situación indefinidamente. Te apunto que la relación entre ambas empresas se renueva cada año.
Muchas gracias y un saludo.

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Actualmente te encuentras bajo un régimen de contratación sujeta a modalidad, que se ha puesto muy de moda en países latinoamericanos como el mío (Perú). Los contratos de obra o servicio específico son aquellos celebrados con objeto previamente establecido cuya duración será la que resulte necesaria para la conclusión de la obra o del servicio. Si bien a primera vista el límite es bastante ambiguo, pues la empresa puede alegar que la obra o el servicio continúa por muchos años, la ley plantea límites para la generalidad de contratos sujetos a modalidad, que en caso de la ley peruana es de 5 años; es decir, las renovaciones nunca podrán exceder este límite; caso contrario, se desnaturalizaría la modalidad, considerándose inmediatamente como indeterminado.
Sophia
Muchas gracias. Aunque lo que necesito es saber las limitaciones que pueden existir en España. Agradezco que hayas invertido parte de tu tiempo para intentar ayudarme.
Un saludo.

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