Ampliación de capital en s.l.

Hola de nuevo.

En la contabilidad de la S.L. De la que poseo un 33% como socio y soy administrador único, consta unos dineros entregados por familiares míos para cubrir unos pagos por falta de tesorería de la empresa. ¿Contablemente estas partidas deben cumplir con algún requisito legal para que puedan ser consideras como acreedoras en un supuesto Concurso de Acreedores por el hecho de ser familiares de un socio?. ¿Y en otro supuesto, esos saldos acreedores pudieran convertirse como una ampliación de capital, por lo que esos familiares míos obtendrían la mayoría absoluta de las participaciones de la empresa?

Gracias por su ayuda.

1 respuesta

Respuesta
1

El reconocimiento de deuda de la empresa hacia sus acreedores se debe de firmar ante notario, sus familiares y la empresa deberían firmar un documento donde se reconozca la deuda, así de este modo no tendría problemas ante un supuesto Concurso de Acreedores.

Por otro lado, en el supuesto que los acreedores cambien deuda por participaciones, dependiendo del patrimonio neto de la empresa, podrían hacerse con el control de la misma.

Le invito a que visite nuestra web www.martiares.com , así como nuestro facebook www.facebook.com/martiares.asesores.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas