.cuanto me pertenece de finquito?

Explico el caso:
Llevo desde el 28 de febrero en la empresa, mi contrato es de terminacion de obra, la jornada segun contrato es de lunes a viernes 40 horas,(cuando en realidad a sido de lunes a viernes 2 semanas, de 8 a 19 horas, y en la tercera semana, se trabajaba hasta el jueves medio dia, los sabados de las semanas largas era de 8 a 17 normalmente) las vacaciones anuales seran de 30 dias segun contrato, los cuales no se han realizado, segun la ultima nomina entera que fue julio, el salario base es de 851,88, P.P Extras 207,70, y A. CTA. Convenio 42,59, no se si vale esto pero plus asistencia 366,86 y beneficios 92,04. Encima me han despedido justo cuando mande un parte de baja por un accidente de automovil, a la misma tarde de enviar dicho parte recibi una llamada para comunicarmelo.
Me quieren dar 394, ¿esta bien?

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Respuesta
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Me gustaria saber el motivo por el que justifican la finalización del contrato, asi como la obra o servicio que estabas realizando y la actividad de tu empresa. Si el motivo del despido es por tu situación de Incapacidad Temporal, eso no es un motivo que justifique el despido y por lo tanto sería un despido improcedente.
Por otra parte, si te adelanto que en el finiquito deben incluir, la parte proporcional del salario de los dias que hayas trabajado en este mes, parte proporcional de las pagas extras, vacaciones No disfrutadas ( en este caso serian como unos 13 días), horas extras si te las deben y si el motivo justificado y verdadero es fin de obra, indemnizacion de 8 días de salaraio por año trabajado ( en este caso unos 4 días). Dime que día te informaron de tu despido e intento calcular tu finiquito lo mas exacto posible. No obstante describeme tus funciones en la empresa y la actividad de esta, ya que "los contratos por obra o servicio determinado tiene por objeto la realización de obras o servicios determinados con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa cuya ejecución, aunque está limitada en el tiempo, es de duración incierta.
Los convenios colectivos determinarán cuáles son los trabajos o tareas con entidad propia dentro de la actividad normal de la empresa que podrán cubrirse con contratos de estas características". Según el Estatuto de los trabajadores si la actividad desempeñada en tu empresa no cumplia con lo antes descrito el tipo de contrato que tendrian que haber realizado no debia ser obra o servicio determinado, por lo que en el caso que hayan justificado fin de obra en el despido no será válido ni procedente.
Si quieres mas info.
Hola, pues veras te explico, en la carta de despido pone que me despiden por fin de contrato, en el contrato pone que es hasta terminacion de obra, mis labores eran las de peon, y realizaba tareas como, vigilar lo que hacen las maquinas, para que no rompan lo que no deven, tapar zanjas, etc, el comunicado de que estaba despedido me lo hacen una vez reciben el parte de baja, yo lo envie por el medio dia, y ellos me avisan telefonicamente, por la tarde del dia 8 de agosto con fecha de despido de ese dia, y los papeles me los envian el dia 9 a mi email, la empresa se dedica a excavaciones, gracias.
Otra vez,
Por favor disculpa mi tardanza en contestar. Por lo que me indicas, creo que el finiquito no es el correcto. Según entiendo, la empresa es de excavaciones y un peón realiza funciones que forman parte de la actividad de la empresa, por lo que tu contrato, a mi parecer, deberia haber sido otro y no el realizado por obra o servicio. La obra es posible que no haya llegado a su fin por lo que se podria estudiar un despido improcedente bien por que no ha finalizado la obra para la que te contrataron, o bien porque en tu caso el contrato esta hecho en fraude de ley por no corresponder un contrato por fin de obra para lo que se considera la actividad principal de la empresa. En este caso, en tu indemnizacion, ademas habria que añadir la parte proporcional de 45 dias de trabajo de indemnizacion por año trabajado (indemnización por despido improcedente). Teniendo en cuenta que empezaste en la empresa en febrero es la parte proporcional. Creo que en tu finiquito debe constar:
Días trabajados en el mes de agosto:7= 198,77€
Vacaciones No disfrutadas: 13 días: 387,60€
Parte propiorcional paga extra: 48,46€
Indemnización por despido improcedente: 20 días ( he contado que has trabajado 158 dias en esta empresa) : 397,54€
TOTAL: 1032,37€
Mas o menos esta seria la cantidad orientativa de tu finiquito, con los datos que me das y sin ver ningún papel, no puedo asegurate que realmente sea esto lo que te pertenece, además hay que tener en cuenta si has realizado alguna hora extra de mas en estas semanas.
Otra cosa puede ser que la empresa no reconozca que hay despido improcedente, entoncess aconsejo ponerlo en manos de un abogado laboralista que pueda hablar con la empresa e interponer demanda si lo cree necesario. Para ello dispones de 20 días hábiles.
Espero haber sido de ayuda, aunque ya se que no he sido muy concreta, pero al no ver los papeles, esto es lo mas que puedo orientarte.
Si quieres que tratemos tu caso personalmente, puedes ponerte en contacto conmigo a través de este e-mail: [email protected].
Me disculpo de nuevo por mi tardanza en contestar.
PD: Te dejo un enlace a nuestro blog sobre un artículo de despido improcedente por contrato por Obra o Servicio realizado en fraude de ley, que por lo que me comentas, podría ser tu caso. Pincha aquí

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