Indemnización por cierre con contrato 501

Llevo 3 años y 6 meses trabajando e n un local de hostelería con un contrato 501 por obra o servicio a tiempo parcial. Han amenazado con cerrar y me gustaría saber más o menos como debo hacer para calcular la indemnización que supongo que me deberán pagar.

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Si cierran y por tanto se termina la obra, es una finalización de contrato (siempre que la obra definida se haya terminado) en este caso te corresponde además del salario hasta el día trabajado, las vacaciones sin disfrutar y la parte proporcional de las pagas extra, una indemnización de 8 días por año trabajado.
Si fuese despido improcedente es 45 días.
Bueno, el cierre no es porque termine la obra sino porque el negocio no va muy bien.
He leído por el foro que a pesar de tener contrato por obra o servicio, al llevar más de un año, si la obra no está definida en el contrato, pasaría a consirerarse como un contrato indefinido.
Creo que ese es mi caso, porque en un negocio de hostelería te pueden contratar en navidades o en un verano porque haya más gente, pero llevo ¡3 años y 6 meses! Si no me han hecho contrato indefinido es porque no les ha dado la gana. Además una ex-compañera tuvo problemas por un despido improcedente, al final la tuvieron que indemnizar con más dinero por lo que estoy relatando, llevaba más de un año con un contrato igual al mío.
En fin, me gustaría saber si mi indemnización variaría mucho si soy capaz de demostrar que mi contrato se había convertido en indefinido o si no me compensa meterme en problemas.
Si te despiden en un negocio porque no va bien.. es un despido improcedente ¿No?
¡Gracias por contestar tan rápido!
Si la obra definida en el contrato, no coincide con el trabajo que haces, se presupone que el contrato está en fraude de ley y por tanto si lo denunicias pasas a ser indefinido. Lo mismo ocurre si te despiden y alegas ese fraude, la indemnización será la de un contrato indefinido.
Sobre si te merece la pena denunciar, depende de lo que haga la empresa:
-Si te dice que es fin de obra y solo te quiere pagar 8 días de indemnización, te merece la pena denunciar, ya que te están estafando.
-Si alegan causas económicas para el cierre y cumplen los requisitos legales, te indemnizan con 20 días (sea obra o indefinido) y por tanto poco podrías reclamar, salvo demostrar que no hay esas causas económicas y pedir la improcedencia del despido.
-Si no alegan nada y os despiden como improcedente, te deben indemnizar con 45 días por año de trabajo, en este caso tampoco te merece la pena denunciar, ya que no te pagarían más.

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