Hijo de empresario, derecho al paro.

Comento mi historia a ver si me puede solucionar algo, porque estoy hecho un lio.
Desde los 18 años he estado trabajando en la empresa de mi padre, un empresario. (Autónomo que da de alta a demás trabajadores).
Yo he entrado a la misma hora que los demás trabajadores, he cumplido el mismo trabajo, he cobrado lo mismo que cualquier otro.. Etc.. Etc.. Vamos yo tenia una nomina.
El caso es que se acaba el trabajo, y me tiene que despedir, voy a la oficina del desempleo y solicito el paro, al mes me lo mandan denegao, por ser hijo de empresario y convivir con él.
Le llevo la carta al asesor de la empresa y me dice que lo va a mirar pero que es difícil, les envía una carta que me hace firmar etc, y me lo vuelven a mandar denegado.
Estuve 5 meses buscando trabajo al paro sin cobrar un duro por parte del paro, mi padre vuelve a tener trabajo me da de alta una vez más, y tengo miedo a que el día que quede en el paro no vuelva tener derecho a cobrar una vez más.
No entiendo el por qué si el paga por mi seguridad social, ¿tendré derecho a paro no?
¿Alguien me puede echar una mano? ¿Sabe si voy a un abogado puedo sacar algo realmente de ahí?

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El motivo de que no te concedan la prestación por desempleo es porque no tenías derecho a la misma ya que no estabas cotizando correctamente, al ser hijo del empresario y convivir con él el régimen correcto es el RETA y no el general, y en el RETA ni se cotiza por desempleo ni se tiene derecho al mismo.
Si aun continuas viviendo con tu padre y vuelves a trabajar con él deberías darte de alta en el RETA, si ya no convives con él solo tendrías que darte de alta en el régimen general si puedes demostrarlo y si el trabajo desempeñado es de total dependencia de la organización empresarial como un trabajador más. Es importante porque pueden analizar a fondo tu solicitud en el futuro.
Si trabajas para otro empresario por cuenta ajena si tendrás derecho a prestación por desempleo cuando la generes, después de un año trabajando.
Buenas, lo primero gracias por adelantado.
Entonces, ¿estando trabajando con mi padre no debo estar en el general a no ser que viva fuera de su casa y desemplee un trabajo como el de cualquier otro operario de la empresa no?
Mientras viva con él debería estar en el RETA, ¿vamos cómo un autónomo más? ¿Y haciéndole la facturación por nomina o de que forma?
Otra duda, entonces todo este tiempo que he estado 'cotizando' al estar dao de alta en el general, 2 años y medio más o menos, ¿lo pierdo?
¿O el día que trabaje con otra empresa y coja el paro lo recibiré?
Un saludo y gracias de nuevo! ;)
Si eres el hijo del empresario, convives con él y desempeñas funciones de dirección de empresa, no serías una trabajador por cuenta ajena, estarías obligado a cotizar como autónomo, en el RETA.
El tiempo cotizado lo tendrás a efectos de jubilación, pero no de prestación por desempleo. Por más que hayas cotizado en el régimen general, de forma errónea, no podrás tener derecho a prestación por desempleo cuando no te correspondía este régimen.
Si trabajas en otra empresa por cuenta ajena, correspondiéndote el régimen general de cotización, generarás prestación por desempleo si la relación laboral se extingue por causas ajenas a ti y cotizas al menos durante 1 año.

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