Horas extras por ampliación de horario operativo

Trabajo en un aeropuerto, nuestro contrato es a obra (convenio del metal Las palmas) y servicio, nuestro horario es así el turno de mañana de 06:30 a 15:30 y de tarde de 15:00 a 24:00, trabajamos nueve horas por turno la hora de más no las pagan como media dieta a 14,05 euros, el problema es que ahora el aeropuerto quiere ampliar el horario de noche hasta las 2:00, la empresa nos pidió precio por esas dos horas y pedimos una dieta entera 25 euros por hora, a la empresa le parece mucho, mi pregunta es ¿si nos negamos a hacer las dos horas y tienen que contratar nuevo personal nos pueden quitar las medias dietas que cobramos por hacer la hora de más que hacemos diariamente? ¿Pueden cambiarnos el horario para poder cubrir el turno? Otra pregunta nosotros cobramos un incentivo por avión colocado a razón de 0.20 por avión viene hacer unos 150 euros al mes ¿pueden quitarnolos?

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Os pueden quitar las medias dietas que cobráis por el exceso de jornada, entre otras cosas porque no es el concepto salarial correcto, esa hora que trabajáis de más deberíais cobrarla como hora extraordinaria, esto no pueden quitároslo, tenéis derecho a exigirlo.
Si no queréis trabajar hasta las 2 de la mañana no pueden obligaros, en primer lugar porque serían horas extraordinarias, y las horas extraordinarias son voluntarias, y además porque estáis excediendo las horas extraordinarias máximas permitidas por la ley en función anual, como máximo son 80 al año. Por lo tanto: no pueden obligaros, si las trabajáis tienen que pagároslas y cotizarlas correctamente.
Tienen que manteneros el horario actual, si lo cambian sería una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y esto tiene unas consecuencias.
Si seguís realizando las funciones que generan ese incentivo por colocar un avión tienen que continuar abonando dicho incentivo.
Si la empresa no os abona lo que os corresponde, os modifica la jornada, no cotiza correctamente,... tenéis derecho a exigirlo judicialmente, porque los derechos ni se piden ni se negocian, se exigen, ya que los derechos laborales son derechos mínimos innegociables e irrenunciables, solo se negocia aquello que mejore la legislación vigente.
Buenas tardes, trabajo en un aeropuerto, nuestro contrato es a obra (convenio del metal Las palmas) y servicio, nuestro horario es así el turno de mañana de 06:30 a 15:30 y de tarde de 15:00 a 24:00, trabajamos nueve horas por turno la hora de más no las pagan como media dieta a 14,05 euros, el problema es que ahora el aeropuerto quiere ampliar el horario de noche hasta las 2:00, la empresa nos pidió precio por esas dos horas y pedimos una dieta entera 25 euros por hora, a la empresa le parece mucho, mi pregunta es ¿si nos negamos a hacer las dos horas y tienen que contratar nuevo personal nos pueden quitar las medias dietas que cobramos por hacer la hora de más que hacemos diariamente? ¿Pueden cambiarnos el horario para poder cubrir el turno? Otra pregunta nosotros cobramos un incentivo por avión colocado a razón de 0.20 por avión viene hacer unos 150 euros al mes ¿pueden quitarnolos? Gracias po ayudarme saludos.
Muchas gracias por la contestación tan rápida, podríamos cambiar el nombre de la hora que hacemos de más diaria que no las pagan como media dieta y llamarla de otra forma ya sea prima fija, kmts pero que fuera fija que no te la pudieran quitar, muchas gracias por ayudarnos.
Pues no, si hacéis horas extraordinarias la empresa está obligada a abonarla como tal, cuantificándola, reflejándola en nómina y cotizándola.
La empresa es responsable de abonar correctamente el salario, pactar algo que no es real, como abonar horas extraordinarias como dietas, solo puede perjudicaros en el futuro.

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