Cuantía de la indemnización

¿Es correcto que la empresa despida a un trabajador el 30/11/2010 (como último día de trabajo) y para hacer el cálculo de la indemnización coja las bases de cotización de las nominas del 01/12/2009 al 30/11/2010. En este caso se podría incluir la nómina de noviembre del 2010 ya que el trabajador esta de alta todo el mes no? De no ser así sería cuando cogería la de noviembre del 2009, ¿obviando la de noviembre del 2010?
Por otro lado, en cuanto a los días legales de indemnización: ¿Los periodos inferiores a un mes se computan a efectos de días de indemnización como si fuera un mes no? Es decir, si tiene una antigüedad de 1 año y 15 días, a efectos de días legales de indemnización serian 1 año y 1 mes ( ¿y con estos 13 meses calcularíamos la proporción de días legales que le correspondonda dependiendo deltipo de indemnización)?
Agradecería una repuesta lo más pronto posible, gracias de antemano y un saludo.

2 respuestas

Respuesta
1
Lo correcto del todo para calcularte tu indemnización, si las bases de cotización varían en todos tus nóminas, es que las tomen todas para hacer la media y así calcular el salario diario para tu despido, sin dejar ningún mes, aunque no esté completo, a la hora de dividir también pueden hacerlo por días en vez de por meses.
En tu segunda pregunta decirte que efectivamente, las fracciones de meses de 15 o más días se suelen computar como meses completos, pero si en vez de 15 fueran 14, ´te lo dejarían en 12 meses. Hay gestores que para no tener problemas ni con la empresa ni con el trabajador, calculan la indemnización directamente por días, si te lo hacen así, tampoco puedes reclamar, pues sería también perfectamente correcto.
Las bases de multiplicación serían para indemnización de 45 días por año, 3,75 días por mes o 0,125 por día.
Ok, pero si tengo una antigüedad desde 2005 y me cogen las bases del último año, ¿según he consultado es correcto no?
Correcto sería, pero si cogiéndolas todas la base media resulta mayor, sería a ti a quien le interesaría que lo hicieran, pues la indemnización también sería mayor.
Respuesta
1
Si para indecnizarte coge desde 01/12/2009 hasta 30/11/2010 esta incluyendo noviembre de 2010porque noviembre empieza el 01/11/2010 y acaba el 30/11/2010 no es así y para calcular la cuantía si un mes no esta entero es la parte proporcianal del citado mes
¿Pero si el ultimo día de trabajo es el día 30/11/2010, tengo todo ese mes trabajado por tanto es correcto que coja de diciembre 2009 a noviembre 2010 no? diaculpa pero no entiendo tu aclaración, gracias.
Perdona si te despide si es improcedente se computa todo el tiempo que hayas trabajado a razón de 45 días de sueldo por año trabajado si llevas un año son 45 días para un despido procedente o objetivo son 20 días y disciplinario nada y por fin de contrato 8 días
Es un despido por 20, ¿pero para calcular la cuantía en vez de coger todas las bases de todos lo meses y años no es más coherente coger la del último año sabiendo que se tienen retribuciones variables?
No se cuenta las nominas se dividen por los días y se mutiplica por el numero de días que marque tu indemnización un ejemplo tu ganas digamos 1200+plus convenio+ pagas un total de 1500 mes pues divides por 30=50 por los días que son 20=1000 por año trabajado más finiquito que es la parte proporcional de las pagas y vacaciones no disfrutadas

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas