Despido embarazada

Tengo unas dudas que me gustaría preguntarte en cuestiones legales-laborales. Te pongo en antecedentes:
El mes de abril de este año, mi mujer se quedó embarazada llegando hasta el tercer mes de gestación sin problemas (en la empresa donde trabajaba no sabían nada), pero llegado este mes tuvo un fuerte sangrado (metroragia) y tuvo que coger 15 días de baja en cama con reposo absoluto (riesgo de aborto). Llegado este momento ya no se pudo ocultar el tema y comunicó a la empresa que la razón de la baja era una complicación en su embarazo. Pasados los 15 días de la baja, le comunicaron que querían echarla a la calle (su contrato era indefinido y tenía una antigüedad de 3 años). Le pagaron 45 días por año trabajado y le dijeron que el finiquito se lo pagarían a final de mes. Ella firmó el recibí no conforme por todo (aunque solo le pagaron la indemnización). Hasta la fecha no nos han pagado ni creo que nos paguen ya finiquito alguno.
¿Demandamos por nulidad de despido y solicitamos una compensación de 5000? Por el disgusto que se llevó mi mujer, ese mismo día a hora de comer volvió a sangrar abundantemente (tenemos certificado médico privado y de la SS por riesgo de aborto). ¿Llegamos al acto de conciliación y la empresa ofrece la readmisión de la trabajadora y no llegamos a ningún acuerdo por no icluir en este los 5000? Solicitados.
¿Ayer por la tarde mi abogado nos comenta que había pensado llegar a un acuerdo con la empresa el mismo día del juicio para la readmisión sin los 5000? De la trabajadora antes de celebrarse el juicio. Yo me quedo un poco flipado, ya que esa era la propuesta de la emdpresa en el acto de conciliación y le indico que nosotros preferimos una sentencia judicial.
Preguntas
1. ¿Tiene el mismo valor de protección jurídica un acuerdo previo al juicio que una sentencia judicial? Es por si después de readmitirla le hacen la vida imposible a mi mujer y tenemos que pedir amparo al juez o denunciarlos por mobbing o vete tu a saber...
2. Mi mujer está con un contrato de Auxiliar administrativo en el convenio de comercio construcción de la provincia de Valencia y en su contrato pone que debe realizar labores de atención al público. Hasta su despido ella cobraba a los clientes y después le daba el dinero a su jefa. Esto me da mucho miedo por posibles denuncias de irregularidades después de su reincorporación al trabajo, ya que de las entradas y salidas de caja no había ningún papel, ella no tenía llave de la caja, etc... Vamos que en lugar de caja eso era un cachondeo y tengo miedo de que la acusen de llevarse el dinero y la echen después de forma procedente. ¿Esta obligada a tocar caja con ese cargo? En caso de que deba tocar caja, ¿cómo debe esto regularse para no tener sorpresas? ¿Puede exigir un plus por quebranto de moneda o de algún otro concepto?.
3. Hasta la fecha del despido ella con MI coche iba por el pueblo a hacer los recados de la empresa y privados de los jefes (bancos, correos, clientes, etc...) ¿Esta obligada a salir de la empresa con MI coche a hacer esto? En caso de estar obligada ¿puede exigir que esto conste en su nómina con algún plus y cual sería su cuantía?.
4. Si existiera algún libro ameno para profanos en derecho sobre acoso laboral y como encararlo desde el punto de vista de la trabajadora nos gustaría comprarlo por si las moscas.
5. Si te lees esto y lo contestas te mereces 8 estrellas.

1 Respuesta

Respuesta
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1.- Enhorabuena por vuestro embarazo.
2.- La sitacuion de embarazo es una situación protegidisima en nuestra legislación laboral. Si yo estuviera en vuestra situación, lo primero que me preguntaría es "por que mi abogado ha cambiado mi opinión" Es algo muy raro ¿no crees? (Más abajo te lo explico)
3.- Te lo comento por que no tiene el mismo valor jurídico el fallo de un juez que un acuerdo en las puertas de la sala.
4.- En una situación así, muy pocas empresas optan por la readmisión, suelen pagar la indemnización y... a otra cosa..., en cambio, las que optan por la readmisión, un alto porcentaje intentaran hacer la vida imposible dentro de la legalidad para que la trabajadora se agobie y se vaya.
5.- Te pongo algunos ejemplos. Te pueden cambiar las funciones de tu puesto de trabajo, te pueden cambiar la jornada laboral. Si cobra algo en negro... pues imaginate... adiós al negro.
6.- En cuanto al coche, si utiliza tu coche la empresa debe pagarle como mínimo 0.19 por km recorrido de ida + vuelta.
7.- Y para concluir te diré, que probablemente tu abogado se ha echado para atrás, por que no creía que la empresa optaría por la redmision sin más, y en caso de readmisión el juez no vera lugar para ningún tipo de indemnización.

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