Despido de mutuo acuerdo.

El titulo puede resultar confuso, me explico. Yo debería de reincorporarme a mi puesto de trabajo el día 21 después de una baja por maternidad, pero como las cosas no andaban bien en el trabajo, pues ellos no estaban contentos conmigo ni yo con ellos y no se portaron nada bien durante mi embarazo decidí que después de cogerme el mes de vacaciones que aún no había disfrutado dejaría la empresa, pero para mi sorpresa ellos se han adelantado y me informaron ( verbalmente) que me despedirían, a lo que yo acepte, ¿por lo que ahora me indemnizan con 20 días por año y mi duda es si esta indemnización es correcta?. No me han dado carta de despido por lo tanto no sé que alegan, bueno si alegan que el despacho funciona mucho mejor des de que no estoy, ya que mi substituta trabaja mucho mejor que yo. ¿Deben de darme ya una carta de despido? O no es necesaria hasta que me despidan formalmente.
Te agradezco de antemano tu respuesta, la cual no se haga esperar mucho pues no sé si debo reclamarles algo más y tengo de tiempo hasta el 21 para llegar a un acuerdo.

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No, no aceptes 20 días, piensa que después del embarazo si te acoges a reducción por guarda legal del hijo el despido seria nulo, por tanto si queréis llegar a un arreglo te recomiendo sea mayor
En todos los despidos te han de dar carta de despido, sino lo hace los puedes demnadar por despido verbal y como mínimo es despido improcedente (45 dias/año)

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